Calendario Tributario de Cali, Descuentos y Vencimientos Clave

El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal de Santiago de Cali reglamentó los plazos, condiciones y beneficios fiscales para la vigencia 2026 mediante la Resolución 4131.010.21.0607 de 2025. Este esquema rige la presentación y el pago del Impuesto Predial Unificado (IPU) y el Impuesto de Industria y Comercio (ICA).

Impuesto Predial Unificado (IPU) 2026

El recaudo de este tributo otorga un beneficio por pronto pago a los contribuyentes que cumplan los requisitos de ley.

Descuento por Pronto Pago

  • 15% de descuento sobre el valor de la vigencia actual.
  • Fecha límite: 30 de abril de 2026.
  • Aplica únicamente para contribuyentes que no se encuentren en mora por años anteriores y cancelen la totalidad del año en una sola cuota.

Plazo de Gracia sin Intereses

  • 30 de septiembre de 2026.
  • Pago total del impuesto neto, sin derecho a descuento, pero sin incurrir en recargos moratorios.
  • Intereses de mora: Comienzan a liquidarse de forma automática a partir del 1 de octubre de 2026.

Calendario Anual de Industria y Comercio (ICA)

La presentación y pago de la declaración anual del ICA (correspondiente al año gravable 2025) se segmenta bajo criterios técnicos de la Alcaldía de Cali. Los plazos están determinados por el volumen de ingresos netos expresados en Unidades de Valor Tributario (UVT) y el último dígito del NIT (sin el dígito de verificación).

  1. Grandes Contribuyentes (Ingresos ≥ 131.952 UVT)

Aplica para las empresas con mayores ingresos percibidos en la jurisdicción:

  • NIT terminado en 1 y 2: 2 de marzo de 2026.
  • NIT terminado en 3 y 4: 3 de marzo de 2026.
  • NIT terminado en 5 y 6: 4 de marzo de 2026.
  • NIT terminado en 7 y 8: 5 de marzo de 2026.
  • NIT terminado en 9 y 0: 6 de marzo de 2026.
  1. Medios y Pequeños Contribuyentes (ICA Anual)

Los plazos para presentar la declaración anual del ICA 2025 se estructuran según el último dígito del NIT y el nivel de ingresos:

  • Medios Contribuyentes (32.998 a 131.952 UVT): Del 6 al 10 de abril de 2026, según el dígito.
  • Pequeños Contribuyentes (32.998 UVT): Del 4 al 28 de mayo de 2026, según el dígito.
  1. Retención de ICA (ReteICA) Bimestral.

Los agentes retenedores deben declarar y pagar bimensualmente, iniciando en marzo con el periodo Ene-Feb y cerrando en enero de 2027 con el periodo Nov-Dic, cubriendo las obligaciones en los plazos establecidos por el municipio.

 

Nubela Meneses