EXPEDICIÓN DEL ACUERDO No 19 DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 1918 DEL CONCEJO DE CALI – QUE PROHIBE LA TALA DE BOSQUES

Resalto la visión de esos concejales preocupados por la ya existente TALA DE BOSQUES ALEDAÑOS a las riberas de los ríos del Municipio y se encontraban ya empeñados en vigilar la salubridad de sus aguas

En los considerandos los concejales argumentaban que:

  • La tala de los bosques aledaños a las riberas de los ríos, generaba escasez de manera alarmante de las aguas,
  • Que, si no se pone remedio eficaz tan grave, la población en corto tiempo quedará privada de agua y
  • Que el concejo está en la obligación ineludible de vigilar la seguridad y bienestar de los asociados: prohibir la destrucción de los bosques aledaños a los ríos: Cali, Aguacatal, Cañaveralejo, Meléndez, Lili, Pance y de los demás arroyos y fuentes,
  • Debiéndose imponer una multa de $10 a $100 pesos, convertible en arresto y además obligaba a plantar los arboles destruidos.
  • Creaba el cargo de INSPECTOR DE BOSQUES Y AGUAS DEL MUNICIPIO, debiendo ser una persona de reconocida honradez y espíritu público,
  • Debiendo rendir informe detallado ante el concejo de Cali, pudiendo ser destituido y multado por no cumplir con su deber.

Noble y visionario esfuerzo de los concejales de ese año 1918; no puedo omitir el Acuerdo 26 de 1937, que crea la Junta Proaguas de Cali, con el fin de defender los ríos de la ciudad.

Hoy gracias a la realización de COP 16, debemos todos los caleños solicitar cumplimiento de esos Acuerdos, haciéndoles un cálculo actuarial a la multa y ejerciendo los ciudadanos veedurías estricta de esta manera protegemos esos ríos dejados a la peor suerte y como agradecidos de la vida rendirle homenaje a esos concejales caleños empeñados en formar ciudadanos con espíritu público tan escaso en estos tiempos que corren.

Acatar esos Acuerdos es avanzar en la conservación de la biodiversidad beneficiando a las futuras generaciones.

Jorge Enrique González Rojas