Requisitos de Legalización para Colegios Privados

La obtención de la Licencia de Funcionamiento es el acto administrativo obligatorio que otorga el permiso estatal para prestar el servicio público de educación formal en los niveles de preescolar, básica y media. Conforme a la Resolución 4143 de 2021 de Santiago de Cali, los promotores privados deben radicar un proyecto que cumpla con las siguientes exigencias:

  • Proyecto Educativo Institucional (PEI): Especificación de principios, plan de estudios, metodología pedagógica y sistema de evaluación de estudiantes.
  • Infraestructura y licencias de construcción: Documento que acredite el uso del suelo aprobado para servicios educativos, acompañado de la licencia de construcción y el permiso de ocupación correspondiente.
  • Concepto sanitario: Acta de visita con concepto favorable expedida por la Secretaría de Salud Pública Municipal.
  • Seguridad: Certificación de seguridad humana y protección contra incendios emitida por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cali.
  • Capacidad financiera: Estudio de costos, tarifas proyectadas para matrícula y pensiones, junto con el presupuesto para los primeros tres años de operación.

Modalidades de Licencia (Decreto 1075 de 2015)

  1. Definitiva: Otorgada por tiempo indefinido cuando el interesado cumple la totalidad de los requisitos exigidos.
  2. Condicional: Concedida por un periodo de cuatro años para proyectos que cuentan con licencia de construcción pero tienen trámites anexos en proceso de prórroga.
  3. Provisional: Aval técnico al proyecto que no autoriza la prestación del servicio educativo hasta que se culmine la infraestructura física.

Validación de Licencias de Funcionamiento

Los padres de familia y la comunidad en general disponen de mecanismos digitales para verificar si un colegio privado opera dentro del marco legal:

  • Directorio Oficial: Consulta en el Sistema de Información Nacional de Educación Básica y Media (SINEB) o mediante el aplicativo del Ministerio de Educación Nacional.
  • Radicación SAC: Validación de la existencia de la resolución de aprobación a través del Sistema de Atención al Ciudadano (SAC) de Cali.

Legalidad de Títulos Académicos

La refrendación de diplomas, actas de grado y certificados de estudio correspondientes a la educación formal y de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH) se realiza bajo una modalidad 100% virtual. Este proceso valida las firmas registradas de rectores y secretarios académicos ante el distrito.

Pasos para la legalización digital

  1. Escaneo de soportes: Digitalización por ambas caras de los diplomas y actas de grado originales firmados por los directivos de la institución.
  2. Adquisición de estampillas: Compra y pago de la Estampilla Pro-Desarrollo Municipal requerida por cada documento a refrendar.
  3. Carga en plataforma: Ingreso al portal de la Alcaldía de Cali, sección de peticiones de la Secretaría de Educación, adjuntando los documentos de estudio y los comprobantes de pago tributario.
  4. Verificación estatal: El sistema genera la firma digital de legalización válida para trámites nacionales o procesos de apostilla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Para el seguimiento de solicitudes vigentes o radicación de requerimientos de inspección, la comunidad escolar dispone del portal digital de trámites de la Secretaría de Educación de Cali.

 

 

Nubela Meneses