Apertura de Establecimientos Comerciales
En Santiago de Cali, la Secretaría de Seguridad y Justicia ejerce la función de control, inspección y vigilancia sobre las actividades económicas. Su propósito es la aplicación de las normas de convivencia, la preservación del orden público y la verificación del cumplimiento de los requisitos legales por parte de los establecimientos comerciales.
El marco normativo que rige la apertura y el funcionamiento de estos locales en todo el territorio nacional está determinado por la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana), específicamente en su Artículo 87. El incumplimiento de estas exigencias faculta a las autoridades de policía para imponer medidas correctivas, que incluyen multas o la suspensión temporal de la actividad comercial.
Requisitos de Ley Obligatorios para la Apertura
De acuerdo con la legislación vigente, todo comerciante debe cumplir de forma obligatoria con la documentación y los conceptos técnicos antes de iniciar la atención al público y durante la ejecución de su actividad económica.
- Registro y Formalización Mercantil
- Matrícula Mercantil vigente: Documento expedido por la Cámara de Comercio de Cali que acredita la existencia legal del establecimiento y del comerciante. Debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año.
- Inscripción en el RUT: Registro Único Tributario gestionado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para la identificación de las obligaciones fiscales.
- Comunicación de apertura: Notificación por escrito o canal digital dirigida al comandante de la estación o subestación de Policía de la comuna o barrio correspondiente, informando el inicio de la actividad.
- Certificaciones de Uso de Suelo y Seguridad
- Concepto de Uso de Suelo: Certificado expedido por la Subdirección de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico de la Alcaldía de Cali. Dictamina si la actividad económica que se planea desarrollar está permitida en la ubicación geográfica seleccionada, según el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
- Certificado de Seguridad Humana y Contraincendios: Documento emitido por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Santiago de Cali. Valida el cumplimiento de las condiciones técnicas de seguridad, la presencia de extintores vigentes, la demarcación de rutas de evacuación y el estado de las instalaciones eléctricas
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- Conceptos Sanitarios y Ambientales
- Concepto Sanitario: Evaluación técnica ejecutada y expedida por la Secretaría de Salud Pública Distrital de Cali. Certifica el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias y de manipulación de productos, con una vigencia de carácter anual.
- Control de Intensidad Auditiva: Obligación de mantener los niveles de ruido dentro de los decibelios permitidos por las autoridades ambientales para la zona, aplicable durante todo el tiempo de operación.
- Derechos de Autor
- Comprobante de pago de Derechos de Autor: Formato de paz y salvo requerido para los establecimientos que ejecutan públicamente obras musicales, videos o contenidos protegidos por la propiedad intelectual. En Colombia, este recaudo es gestionado comúnmente por la Organización Sayco y Acinpro o entidades de gestión colectiva autorizadas. Si el local no utiliza música ni medios audiovisuales, debe presentar la certificación de no ejecución de música.
Verificación de Requisitos
Las autoridades de policía y los inspectores adscritos a la Secretaría de Seguridad y Justicia están facultados para ingresar a los locales comerciales durante sus horarios de funcionamiento con el fin de exigir la presentación de esta documentación. Mantener los soportes físicos o digitales en el establecimiento previene el inicio de procesos sancionatorios pedagógicos o económicos.