No obstante las opiniones de la mayoría de alcaldes que han expresado su beneplácito por la conformación del área metropolitana del sur occidente AMSO y de algunos otros sectores económicos y políticos interesados en su conformación que se definirá a partir de la eventual decisión mayoritaria que tomen los ciudadanos de cada uno de los municipios que participan en la consulta popular que se realizará el 24 de noviembre; lo cierto que con su aprobación y desarrollo conforme a los establecido en la ley 0rgánica 1625 de 2013 se crean las condiciones para que se concentre y centralice el poder de decisión en materia económica, política, administrativa, fiscal y ambiental en cabeza del Consejo Metropolitano que constituye el órgano determinante del área metropolitana.

Aunque el director de Planeación de Cali manifiesta que la conformación del área metropolitana podrá lograr una “bolsa conjunta de recursos” con la cual pudieran ejecutarse los proyectos mas importantes para la región, no todos los municipios se podrán fortalecer como parte del área metropolitana. Tal afirmación, además de tener un carácter simplemente formal, no tiene asidero en la realidad toda vez que proyectos como el tren de cercanías por ejemplo, carecen de toda posibilidad de ejecutarse  sin el apoyo del gobierno nacional para su financiación, en momentos en que el ministro de Hacienda y Crédito Público le ha manifestado al país que tendrá que hacer un recorte de 33 billones de pesos para poder atender sus compromisos y obligaciones constitucionales y legales, lo que traerá consigo un recorte de los subsidios y partidas presupuestales relacionadas con el gasto social y la inversión.

A lo anterior, se añade la situación fiscal por la que atraviesa Cali con una abultada deuda pública que crece exponencialmente, al tiempo que aumentan los gastos de funcionamiento del aparato administrativo y el costo de la contratación oficial que limita de alguna manera la capacidad de inversión y de gasto social.

Entretanto la situación de los otros municipios no es mejor ya que sus escasos presupuestos no alcanzan para financiar la ejecución de obras que se proponen adelantar a través del área metropolita AMSO, generándose la ilusión de que con ello se beneficiarán los municipios más pobres y carentes de los servicios básicos fundamentales para atender las necesidades de su población y promover el bienestar general conforme a los principios del Estado Social de Derecho.

Por otra parte, algunas iniciativas como las de construir un sistema de transporte público colectivo a partir del MIO y del proyecto del tren de cercanías, sería en principio una alternativa de solución para los habitantes de los municipios que integran el área metropolitana. Sin embargo, dicha iniciativa no puede realizarse en la actualidad, hasta tanto el MIO no esté en condiciones de prestar el servicio el cual atraviesa por una profunda crisis económica, financiera y operativa con METROCALI en estado de insolvencia.

Pero además, cualquier iniciativa en esta materia debe tener en cuenta los cambios operados en materia de transporte público, con los cuales se viene desplazando el transporte público por el transporte privado que crece con mayor rapidez, restringiendo de esta manera la demanda de pasajeros que se movilizan en el transporte público.

Ahora bien, aunque el área metropolitana no constituye una nueva entidad política territorial, existe el riesgo de que se imponga en la práctica el viejo y desueto centralismo burocrático que permite concentrar y centralizar el poder público en cabeza del gobierno de la ciudad núcleo que en este caso será Cali como capital del departamento del Valle del Cauca, acentuándose la dependencia de los otros municipios que conforman el área metropolitana, como ha sucedido con otras experiencias particularmente en Bogotá, Medellín y Barranquilla con la conformación de las respectivas áreas metropolitanas.

El hecho de que cada uno de los municipios participen en la Junta metropolitana con sus alcaldes, un representante del concejo del municipio núcleo, un representante de los demás Concejos Municipales designado entre los presidentes de las mencionadas corporaciones, un delegado del gobierno nacional y un  representante de las entidades sin ánimo de lucro que tengan su domicilio en el área de su jurisdicción y cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, elegido por ellas mismas, y que además continúen elaborando sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, no significa en modo alguno que su autonomía no esté limitada y condicionada en función de los planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial a largo plazo que debe elaborar el área metropolitana y de proyectos relacionados con la realización de algunas obras de infraestructura y de servicios de carácter metropolitano, que por lo demás demanda de elevados costos financieros que se cubren en parte con los recursos de los presupuestos nacional, departamental, municipal, distrital, área metropolitana y de los peajes que se cobran por el uso de las vías a los transportadores y ciudadanos en general. Circunstancia que es aprovechada por los concesionarios privados que imponen sus condiciones y exigencias contractuales, con las cuales queda amarrada por varios años la entidad territorial en tanto que aquellos se lucran con el cobro de los peajes por el mantenimiento de las vías carreteables.

En la conformación de la Junta Metropolitana no participan los ciudadanos de cada municipio no obstante las atribuciones básicas que le confiere la ley orgánica en materia de  planificación del desarrollo armónico, integral y sustentable del territorio; de racionalización de la prestación de los servicios públicos; de obras de interés metropolitano y con ello, la facultad de declarar de utilidad pública o de interés social aquellos inmuebles necesarios para atender las necesidades previstas en el plan integral de Desarrollo Metropolitano; en materia de transporte; en materia fiscal; en materia administrativa con las facultades entre otras de: disponer la participación del Área Metropolitana en la constitución y organización de sociedades, asociaciones, corporaciones y/o fundaciones o el ingreso a las ya existentes y Nombrar al Director del Área Metropolitana de conformidad con el procedimiento y lleno de los requisitos de la ley orgánica, todo lo anterior atenta contra la democracia participativa y la soberanía del pueblo como principios básicos de la democracia y del Estado Social de Derecho consagrados en la Constitución de 1991

En tales circunstancias los municipios tendrán que destinar una parte de los recursos para atender los compromisos y obligaciones, no obstante, sus escasos ingresos que logran captar con base en los impuestos municipales que les cobran a sus habitantes, los cuales se van incrementando en la medida en que crece el costo de las obras. Lo que conlleva a la necesidad de crear nuevos gravámenes conforme a la ley, tasas y contribuciones de valorización que tendrán que pagar los ciudadanos, etc.

La iniciativa de conformar el área metropolita del sur occidente AMSO no fue discutida con los caleños y vallecaucanos de los municipios que la integran, en tanto siendo este un asunto de interés general que afecta sin lugar a dudas las relaciones económicas, sociales y físicas de los entes territoriales que la integrarían, las autoridades municipales y distrital de Cali, tenían la obligación constitucional y legal de garantizar el ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos en cada municipio y en particular de la ciudad de Cali, en donde a escasas dos semanas para la realización de la consulta popular se adelantan foros y simposios en sectores académicos y socio-económicos con los que se pretende influir en la decisión de los caleños para que voten afirmativamente por su conformación en la seguridad de que en el caso de la ciudad de Cali el umbral requerido será de 90.480 votos de los cuales 45.422 serán suficientes para lograr su aprobación y en general por los demás municipios para un total de 52.636 votos, lo que constituye una mayoría bastante precaria para un acto de especial trascendencia e importancia para Cali y el resto de la población del departamento de con un potencial electoral de más de 3 millones de habitantes y con la cual queda claro que nuestra democracia además de su carácter formal tan solo es producto de una “mayoría-minoría” electoral a disposición de las clases dirigentes de la región (económica y políticamente dominantes).

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.

Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social