Financie sus Deudas con el Distrito y Evite Procesos Coactivos

El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal consolidó un recaudo de $806.000 millones de pesos por concepto de Impuesto Predial Unificado (IPU). Con una meta de proyección fijada en $1.006.981 millones de pesos, la autoridad fiscal del distrito endureció los controles de cobro para la cartera vencida. Quienes acumulen saldos pendientes de años anteriores enfrentan procesos de cobro coactivo, embargos de cuentas bancarias y secuestro de bienes inmuebles.

Para los contribuyentes en mora con obligaciones como el Impuesto Predial o el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), el distrito dispone del mecanismo de Acuerdos de Pago. Este instrumento permite diferir los saldos pendientes en cuotas mensuales para normalizar el estado financiero del predio o establecimiento comercial.

  1. Opciones de Financiación y Plazos Autorizados

El distrito establece condiciones específicas según el estado de la obligación y la capacidad de pago verificada del deudor:

  • Plazo Máximo General: Las deudas acumuladas pueden diferirse en un periodo de hasta 60 meses (5 años).
  • Cuota Inicial Mínima: Se exige un pago inicial que promedia entre el 10% y el 30% del valor total de la deuda, determinado por el equipo especializado de cobro según el perfil del contribuyente.
  • Alivio en Intereses: La suscripción del acuerdo detiene la causación de nuevos intereses moratorios sancionatorios y viabiliza la desactivación de medidas cautelares vigentes.
  1. Requisitos Obligatorios para Financiar Saldos Pendientes

La documentación requerida varía estrictamente de acuerdo con el rol que ejerce el solicitante ante el catastro o registro distrital:

Contribuyente Propietario (Persona Natural)

  • Copia legible de la Cédula de Ciudadanía.
  • Certificado de Tradición y Libertad del inmueble (con vigencia no mayor a 30 días) para validar la titularidad.

Terceros o Roles Alternos (Herederos, Poseedores o Apoderados)

  • Poder Amplio y Suficiente: Autorización firmada y autenticada ante Notaría Pública por el propietario registrado.
  • Documentación de Sucesión: Para herederos, copia del acta de defunción y documento que acredite el parentesco legal o proceso de sucesión en curso.
  • Contrato de Arrendamiento: Si el trámite lo gestiona el arrendatario bajo autorización expresa del dueño del predio.
  1. Guía Paso a Paso para Solicitar el Acuerdo de Pago

El trámite puede gestionarse a través de canales presenciales y plataformas virtuales oficiales habilitadas por la administración distrital:

Paso 1: Consulta del Estado de Cuenta

Antes de formalizar la solicitud, verifique el monto exacto de su deuda enviando un correo electrónico a [email protected] o mediante un mensaje a la línea oficial de WhatsApp 318 369 3621.

Paso 2: Liquidación de la Cuota Inicial

Diríjase a los puntos de atención presencial para que los asesores liquiden el estado de su cuenta (etapa persuasiva o coactiva) y fijen el porcentaje de la cuota inicial.

Los puntos autorizados son:

  • Edificio Bulevar: Avenida 6 Norte # 13N – 50.
  • Centros de Administración Local Integrada (CALI): Sedes de las comunas 2, 6, 10, 12, 17 y 19.

Paso 3: Pago del Depósito y Firma del Acto Administrativo

Cancele el valor de la cuota inicial en las entidades bancarias dispuestas en el Centro Administrativo Municipal (CAM) o corresponsales bancarios autorizados. Con el comprobante de pago, formalice el acuerdo mediante la firma de la Resolución de Facilidad de Pago emitida por la jefatura de la Oficina de Cobro Coactivo.

  1. Consecuencias por Incumplimiento del Acuerdo

El atraso en el pago de dos (2) cuotas consecutivas genera la pérdida inmediata de los beneficios otorgados. La Oficina de Cobro Coactivo dejará sin efecto la resolución de facilidad de pago, reactivará de forma automática el cobro del 100% de los intereses de mora suspendidos y reanudará las órdenes de embargo sobre los activos del deuda.

Nubela Meneses