1. El Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), expidió el calendario tributario que regirá en 2026, en cumplimiento del Decreto 2229 de 2023, el cual estableció que los vencimientos tributarios se fijan en días hábiles.

 

Este calendario define fechas y plazos obligatorios para la presentación y pago de los impuestos nacionales, incluyendo obligaciones formales (declarar, reportar información) y sustanciales (pagar el impuesto).

 

La DIAN destacó el fortalecimiento de sus plataformas tecnológicas, que permitieron un recaudo cercano a $23,6 billones por declaraciones de renta, reforzando el control y la trazabilidad fiscal.

 

  1. Impuesto sobre la Renta – Personas Naturales

 

Aplica para personas naturales, sucesiones ilíquidas y residentes en el exterior obligados a declarar en Colombia.

 

Corresponde al año gravable 2025.

 

Plazo de presentación y pago:

Entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT.

 

La obligación incluye declarar y pagar, salvo las reglas especiales sobre pago parcial o acuerdos con la DIAN.

 

  1. Los grandes contribuyentes deben presentar y pagar la declaración de renta en tres cuotas:

 

Primera cuota: Entre el 10 y el 23 de febrero de 2026

 

Segunda cuota y presentación de la declaración: Entre el 13 y el 24 de abril de 2026

 

Tercera cuota: Entre el 10 y el 24 de junio de 2026

 

Los vencimientos dependen del último dígito del NIT.

 

  1. Personas jurídicas (no grandes contribuyentes). El impuesto de renta se paga en dos cuotas iguales:

 

Primera cuota: del 12 al 26 de mayo de 2026

 

Segunda cuota: del 9 al 23 de julio de 2026

 

  1. Régimen Tributario Especial (RTE). Las entidades pertenecientes al RTE deben cumplir dos obligaciones clave:

 

Actualización anual del registro web:

Hasta el 30 de junio de 2026

 

Presentación de la memoria económica, si los ingresos del año anterior superaron 160.000 UVT.

 

  1. Impuesto sobre las Ventas (IVA). La periodicidad depende del nivel de ingresos:

 

Ingresos ≥ 92.000 UVT:

Declaración bimestral, con vencimientos entre marzo y noviembre de 2026.

 

Ingresos < 92.000 UVT:

Declaración cuatrimestral.

 

  1. Otros impuestos nacionales. Cuentan con calendarios específicos, en su mayoría mensuales o bimestrales, entre ellos:

 

  • Impuesto Nacional al Consumo

 

  • Impuesto a la gasolina y ACPM

 

  • Impuesto al carbono

 

  • Impuestos a productos ultraprocesados

 

  1. Otras obligaciones relevantes. El calendario también fija plazos para:

 

Declaración de activos en el exterior: Para contribuyentes con activos superiores a 2.000 UVT.

 

Precios de transferencia

 

Informe país por país

 

Régimen Simple de Tributación (RST)

 

Impuesto al Patrimonio:

Obligatorio para quienes tengan un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT, equivalente a $3.770 millones en 2026.

 

 

El calendario tributario 2026 busca ordenar, anticipar y controlar el cumplimiento fiscal, apoyado en tecnología, cruces de información y plazos escalonados por NIT.

 

Para los contribuyentes, conocer este cronograma es clave para evitar sanciones, intereses moratorios y procesos de fiscalización, en un contexto donde la DIAN fortalece su capacidad de recaudo y control.

Redacción