Ni en la época de gloria del hotel entre los años 50 -70, cuando se presentaban las mejores orquestas de salsa y de música tropical en la feria de Cali, ni en las convenciones de los partidos políticos, que se celebraban en el salón Adolfo Aristizábal, se había perturbado la tranquilidad del centro de la ciudad. Y menos del barrio San Antonio hasta dónde llega el ruido de la discoteca localizada a cielo abierto en el último piso del Hotel Aristi donde existía la bonita piscina del hotel, es decir desde una altura de 30 metros se aturde, se altera la paz de miles de personas.
Ese escandalo nocturno es un acto violento contra quienes vivimos en el centro de la ciudad, ese potente equipo de sonido que usan en las noches altera el derecho a la tranquilidad como si las personas no tuviéramos el derecho fundamental a dormir, se privilegia la rumba, la algarabía, la billetera del propietario de la discoteca, pero no la paz de las personas.
Se están vulnerando entre otras las siguientes normas:
- Constitución Colombiana, artículos 8 y 72, impone el deber al Estado y a los particulares de proteger los bienes culturales de la Nación,
- Constitución Colombiana, articulo 79, consagra el derecho de todos a un ambiente sano,
- Constitución Colombiana, articulo 51 reconoce el derecho a tener una vivienda digna,
- Constitución Colombiana, artículos 15 y 28, protege el derecho a la intimidad personal y familiar,
- La Ley 2450 de 2025, o ley contra el ruido, protege la salud, el buen ambiente, e impone medidas sancionatorias responsabilizando a las autoridades ambientales, de policía y entes territoriales,

- La ley 1801 de 2016, que expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana,
- La ley 397 de 1997, exige preservar la integridad material e histórica de los bienes declarados BIC,
- Ley 232 de 1995, regula el funcionamiento de establecimientos comerciales,
- La ley 99 de 1993, normatiza el ruido y la tranquilidad social,
- La Resolución No 627 de 2006, que fija límites de ruido,
- El POT de la ciudad de Santiago de Cali, que exige respetar los usos del suelo en bienes patrimoniales para que sean compatibles con su transcendencia cultural.
Las autoridades caleñas están en la obligación hacer respetar las normas, la vida y la salud de quienes vivimos en cercanías de un bien que debiera haber mantenido su belleza original y no ir contra la vida, la salud y tranquilidad de las personas.
Ante esta ilegalidad los afectados preguntamos a las autoridades:
- ¿Van a permitir que continúe el atropello a miles de personas?
- ¿Con su conducta omisiva nos están obligando a vender nuestros apartamentos a un precio degradado como si fuéramos culpables de delitos?
- ¿Uds. prefieren violar las normas que obligar a los dueños del hotel cumplir con la Constitución y las leyes vigentes?
¡Los negocios no se hacen atropellando a las personas!