Ramiro Varela M. – Ingeniero Civil, Ciudadano y Director de Caliescribe
La fractura social de una tragedia no tan natural
El terremoto del 10 de agost o de 2026, de magnitud 7,4, fracturó el suelo de Santiago de Cali y las bases del pacto social entre la ciudadanía y la administración pública. La devastación154 fallecidos, 88 personas rescatadas, 22 desaparecidos, 1.657 lesionados y 24 edificaciones colapsadas, deja una huella profunda en la ciudad.
Frente a este panorama, surge un interrogante ineludible: ¿fueron estas muertes y colapsos una fatalidad natural o el resultado de omisiones e ineficiencias institucionales prevenibles? . O todas las anteriores
- La Doble Condición: El Periodismo de Investigación como Control Social
En una democracia, el ciudadano y la prensa no son espectadores ni repetidores de boletines oficiales. La ciudadanía y el periodismo ejerce un rol como contrapeso del poder y salvaguarda del interés público. Cuando como ciudadano se lucha contra las irreguralidades del MIO, estafa de 21 megaobras, 5 parques sin terminar, endeudamiento de $3.5 billones inviables, etc, y un medio como Caliescribe, respaldado por la dirección periodística en el caso de las victimas del terremoto y el rigor técnico de la ingeniería civil, asume la responsabilidad de denunciar ante la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación, cumple con el mandato ético de buscar la verdad y exigir rendición de cuentas.
La denuncia formulada contra el Alcalde Alejandro Eder Garcés, el Secretario de Gestión del Riesgo y demás responsables técnicos constituye un acto de responsabilidad cívica.
Documentar la tragedia carece de sentido si el ciudadano o periodista calla ante las causas estructurales y operativas que agravaron sus efectos. El periodismo fiscalizador debe transformar el dolor colectivo en causa justa y trámite legal formal.
- La Advertencia Desatendida: Cronología de una Tragedia Anunciada
La gestión del riesgo en Colombia, según la Ley 1523 de 2012, exige que la autoridad territorial actúe bajo los principios de conocimiento, reducción del riesgo y manejo de desastres. En Cali existieron advertencias expresas y documentadas que debieron desencadenar acciones preventivas.
El 30 de junio de 2026, 41 días antes del desastre, en mi calidad de Ingeniero Civil y ciudadano, radiqué ante la Alcaldía una alerta técnica sobre la vulnerabilidad sísmica de la ciudad. El 6 de julio de 2026, el Concejo Distrital albergó debates sobre la debilidad institucional del área. A esto se sumó la inestabilidad administrativa: la rotación de 6 Secretarios y 11 Subsecretarios de Gestión del Riesgo en 31 meses, situación que afectó la memoria institucional, interrumpió la preparación y debilitó los protocolos de emergencia.
“La gestión del riesgo no comienza cuando cae la primera columna, ni se agota en la foto oficial durante la atención de la emergencia. Prevenir es la primera responsabilidad legal y moral de un gobernante.”
- La respuesta operativa y el nexo causal en las horas críticas
El análisis periodístico y jurídico debe concentrarse en las primeras 24 y 48 horas posteriores al sismo. En eventos sísmicos, cada minuto determina la supervivencia. Las preguntas sobre la oportunidad en la activación del Puesto de Mando Unificado (PMU), la suficiencia técnica y la disponibilidad de maquinaria pesada, geófonos y equipos de búsqueda para las 24 estructuras colapsadas no son meras inquietudes: son claves para configurar la eventual responsabilidad penal por homicidio culposo cometido por omisión impropia (artículos 25 y 109 del Código Penal).
El periodismo de investigación de radio, TV y las redes, han documentado la labor de voluntarios y la angustia de familias en puntos como los edificios Cantabria, Vanessa y Ana Pilar. Determinar si existieron demoras u omisiones en el envío de ayuda especializada para rescatar con vida a quienes sobrevivieron al colapso inicial constituye una exigencia insustituible de justicia legal y humana.
- La concentración territorial y el análisis técnico estructural
Un hallazgo de relevancia periodística y técnica es la concentración del 66,7% de los colapsos totales (16 de las 24 estructuras destruidas) en las Comunas 17 y 19. Sectores como Tequendama, Los Cámbulos, San Fernando, Capri y El Limonar sufrieron el impacto principal del sismo.
Esta realidad que fue expuesta en barrios y comunas para su protección, exige una investigación que trascienda la atención asistencial. Es indispensable examinar el historial del suelo, los responsables de los disños estructurales, las licencias de construcción otorgadas, los constructores, el cumplimiento de las normas de sismo resistencia (NSR) y las inspecciones técnicas preventivas que las autoridades debían realizar. Garantizar que la Fiscalía y la Procuraduría investiguen estos factores es la manera de evitar que la impunidad urbanística y la negligencia administrativa se repitan.
- Conclusión: La calidad de víctima y la exigencia de Verdad y Justicia
Los caleños fuimos vulnerados por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Sufrimos pérdidas, afectaciones materiales y trauma psicológico. En este contexto, acudir ante la Fiscalía General de la Nación, solicitando el reconocimiento expreso como víctima en los términos de la Ley 906 de 2004 y ante la Procuraduría General de la Nación, trasciende el ejercicio del derecho individual.
Es un acto de civismo riguroso y transparente. Desde Caliescribe, el compromiso es velar porque la investigación penal y disciplinaria reconstruya minuto a minuto la verdad, identifique las responsabilidades funcionales y siente un precedente en Colombia. La memoria de los 154 fallecidos y el respeto debido a sus familias así lo exigen