Por vacío legislativo y ausencia de normas reglamentarias, la Corte Constitucional, guardiana de la ley de leyes, amparó determinados derechos de conductores al declarar improcedente sancionar al propietario del vehículo como responsable de contravenciones cometidas por terceros, debiendo en su defecto identificar plenamente al infractor, anunciando profusamente las autoridades la ubicación y operación de cámaras foto-multa o foto-detección a distancia no inferior a 500 mts longitudinales, poniendo fin al acucioso “bloque de búsqueda” montado en la era del secretario Hadad.

El Congreso de la República por medio de la Ley 2251/22 o “Julián Esteban” fijó disminuciones en materia de velocidad automotriz, concedió facultades reglamentarias al Ministerio del Transporte en temas como el referido, promoción de adquisición e instalación de herramientas digitales.

Avisos y equipos tecnológicos que veníamos avistando, se están retirando rápidamente, dando paso a una gráfica plasmada en señaléticas fijas y móviles que puede inducir en error al neófito que conduce, cuando ingresa a zona que simula emisión de ondas hertzianas, radar aéreo o sonar submarino.

Si acierta en su lectura, no crea seguirá gozando de la antelación habitual de 500 mts, puesto que la Agencia Nacional de Seguridad Vial – ANSV- del Ministerio de Transporte autoriza colocación de equipos de vigilancia, control, registro de datos fisonómicos suyos y físicos del automotor hasta escasos 100 metros; recomendamos cerciorarse en detalle cuáles factores de movilidad inciden puntualmente en su derredor.

Sabemos que la norma general es circular a 50 km/h en vías urbanas, excepto zonas escolares, residenciales, cruces viales, sitios de tránsito masivo de personas, cuyo límite de velocidad se restringe excepcionalmente a 30 km/hr. Un signo sobreviviente de la administración Armitage, Avenida Pasoancho con Cra 98, diagonal a Unicentro, acera de la Uvalle, todavía exhibe un pedestal vertical con 60 km/h.

Estabilizado en 12 el número de gallardos uniformados que salen de pesca sorpresiva, destacamos por ahora 2 operativos iterativos. En el puente de la carrera 80 – ambos sentidos -, al final de la pendiente de cada bajada, se han erguido números 30, luego usted podrá subir a 50 pero al coronar el pináculo, se arriesga a que un dispositivo telemétrico le demuestre que no descendió aminorando a 30. Los cruces viales están lejos del lindero del viaducto.

Por el lado del carril triple, misma carrera 80, sentido occidente-oriente hacia la intersección semafórica de la calle 14, después del letrero inicial de 30, solo puede “acelerar” hasta 40 km/h en un tramo largo de 500 metros, sin existir entrada alguna vehicular ni peatonal ni congestión de público que advierta riesgo de accidentes. ¿Capricho o trampa?

No muy lejos, esquina carrera 83 con calle 14, diagonal al parque de El Ingenio, se desplaza asiduamente un piquete que pone temporalmente, como en la 80, una valla en tijera que no supera 1 metro de altura, mismo gráfico, difícil de observar por lo baja, extendiendo la redada sorpresa en 700 metros rectos que culminan en la 85 C, sector prevalente comercial, con señales de pie y piso con la misma imposición 30 km/h. Desde lontananza la famosa docena intercala funciones ávidas. Taxistas retroalimentan sitios que se tornan tendencia.

Agentes entrenados en esta artimaña de “coge-coges” actúan contra quienes van al volante, pidiendo lo humano  y lo divino, como si fuere consigna oficial engrosar con saña arcas públicas. Durante 5 días hábiles, 5 personas apuntamos recorridos en horas diferentes. Ningún promedio rebasó 22/km/hora. 30 kilómetros por hora no pueden convertirse en la excepción general que tumbe la máxima legal de 50 KPH.

Héctor Campuzano T