Siempre impulso a los ciudadanos para que se vinculen con su comunidad en cumplimiento de su responsabilidad constitucional, por ello hoy escribo sobre la sentencia de demanda de Acción Popular, proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo del dpto. del Valle, del pasado 26 de junio y que compromete a la administración departamental, al municipio de Bugalagrande y a representantes de la sociedad civil que actuaron en defensa del patrimonio municipal.
La anterior gobernadora Clara Luz Roldan, decidió como estrategia administrativa, intervenir varios parques de diferentes municipios vallecaucanos, uno de estos fue el Parque Bolívar, de Bugalagrande.
Entonces un grupo de profesionales de esa municipalidad decidieron unirse cívicamente para estudiar, proponer y defender lo que iría a ocurrir con el parque Bolívar, y encontraron una férrea imposición de la gobernadora y un dejar hacer y dejar pasar de parte de la administración municipal.
Ante esa falta de dialogo, ese grupo cívico hizo uso de la Ley 472 de 1998, que consagra la ACCION POPULAR y que desarrolla el artículo 88 de la Constitución, y plantearon lo siguiente:
- En el EOT – Esquema de Ordenamiento Territorial, el Parque Bolívar fue reconocido como PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO, Acuerdo No. 036 del año 2000, razón por la cual cualquier intervención sobre este espacio requería cumplir con los requisitos previstos en las Leyes 397 de 1997 y 1185 de 2008, así como con los procedimientos especiales para la protección de bienes de interés cultural,
- Demostraron que la Administración Municipal de Bugalagrande, no realizó una adecuada socialización del proyecto ni consultó a la comunidad, como lo exigen las leyes respectivas,
- Nunca se contó con la autorización expresa de CVC, el parque hace parte de la estructura ecológica principal del municipio, y cualquier intervención sobre su vegetación requería autorización previa por tratarse de un bien con destinación específica para infraestructura social en recreación y ornato,
- Para sus habitantes el parque es un símbolo histórico y bien patrimonial del entorno urbano, en conjunto con el Parque San Bernabé ubicado a pocos metros de distancia,
- Siempre expusieron que ese proyecto era una amenaza al patrimonio cultural y que su ejecución implicaba una transformación sustancial del entorno, con afectación de valores históricos, sociales y ambientales.
Hace siete días el Tribunal Administrativo:
ORDENÓ la desinstalación o desmonte de las referidas obras y la restauración del Parque Simón Bolívar, conservando su versión original como bien de interés cultural, para lo cual deberá observarse toda la normatividad y para el cumplimiento de lo anterior da un plazo máximo de 6 meses.
Para finalizar, expreso y pregunto:
Los representantes de la sociedad civil cumplieron con las cuatro virtudes que mencionaba Platón: la sabiduría, el coraje o fortaleza de ánimo, la templanza y la justicia,
Por ello pregunto:
¿Por qué los gobernantes no atendieron las preocupaciones de la sociedad civil antes de comprometer los dineros del tesoro público?