Mediante memorial , Alejandro Eder Garcés, fue recusado, para que se declare impedido como alcalde de la ciudad,  por la presunta existencia de conflicto de interés en el  trámite o actuación que conduzca a la formulación y aprobación del POT de Cali, por el abogado Gustavo Adolfo Prado Cardona; todo por la búsqueda de la salvaguardia de los intereses de los ciudadanos caleños,  en especial de aquellos que carecen de una vivienda digna.

La recusación busca que se declare impedido Eder, en todas las etapas hasta aprobación del POT como Acuerdo, que deben ser adelantadas por 26 meses en cumplimiento de la sentencia complementaria proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca. Recordar que  la Sala Quinta de Decisión del Tribunal, mediante sentencia de segunda instancia declaró la nulidad del acuerdo 373 de 2024 -POT de Cali,   notificada según informó la directora Jurídica de Cali, Ximena Román y el Director de Planeación de Cali Diego Fernando Hau, donde se anunció la presentación ante el Tribunal Administrativo, de una solicitud de adición de dicha sentencia de aclaración,  que se sustentaba en extenso estudio técnico realizado por subalternos del alcalde, en el Departamento de Planeación de Cali.

Los funcionarios en representación del alcalde, y ejerciendo sus funciones, presentaron la solicitud de adición y lograron diferir el cumplimiento de la sentencia, todo con un concepto técnico sobre las consecuencias administrativas, técnicas y normativas con motivo de la nulidad del POT. El Tribunal Administrativo, accedió a lo solicitado por la apoderada del Distrito de Santiago de Cali.

La anterior sentencia quedo ejecutoriada. El concepto técnico sobre las consecuencias administrativas técnicas y normativas con motivo de la nulidad del POT en las cuales interviene de manera directa el alcalde Cali, Alejandro Edero por intermedio de alguno de los funcionarios de libre nombramiento y remoción que integran su gabinete,  en quienes ha delegado la facultad de contratación, la cual debe ser utilizada para la celebración de múltiples contratos que conlleva adelantar cada una de las etapas  legales y reglamentarias para la revisión ordinaria del POT-

A la fecha de presentación de esta recusación el alcalde no ha hecho público su impedimento que surge del conflicto de interés, para dar cumplimiento aa la sentencia complementaria. El abogado Prado Cardona describió como fundamentos de hecho,  que en cumplimiento del ordenamiento constitucional y legal,  el alcalde Eder Garcés presentó en el formulario adoptado por la función pública, su publicación proactiva que contiene el registro de sus impedimentos y la relación de sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que consideró susceptibles de generar conflicto de intereses frente a la labor o actividad a ser desempeñada como alcalde del Distrito de Santiago de Cali.

Informa el abogado, que el alcalde omitió relacionar sus tíos y primos, por línea sanguínea de su señora madre, quienes entre otros son socios de la constructora Meléndez S.A., la cual a la fecha y según certificado de la Cámara de Comercio, de Cali, desarrolla una serie de proyectos habitacionales que se relacionan en el adjunto.

Presenta como fundamento de derecho la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), precisa los conflictos de interés y causales de impedimento y recusación, y el trámite de la recusación; la Ley 1972 de 2019-Código Disciplinario, en lo que respecta al conflicto de intereses y las faltas relacionadas con el régimen de incompatibilidades, inhabilidades, impedimentos y conflicto de intereses, como el actuar u omitir….y  a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales, no declararse impedido oportunamente cuando existía la obligación de hacerlo, demorar el trámite de las recusaciones, o actuar después de separado del asunto.

Situación muy grave para el alcalde,  puesto que él mismo deberá declararse impedido ante la Procuraduría regional del Valle, y materializaría el haber violado el Código disciplinario y demás faltas en todo el trámite que adelantó a través de sus subalternos, dando la representación a la directora jurídica , ante el tribunal Contencioso. Arranca otro debate jurídico en Cali contra Alejandro Eder G.

Adjunto

Recusacion – Gustavo Adolfo Prado

Redacción