El proyecto de acuerdo 016 aprobado en primer debate por medio del cual el concejo distrital le concede facultades al alcalde de Cali para modificar el presupuesto general de rentas, recursos de capital y apropiaciones para gastos del distrito de Santiago de Cali para la vigencia fiscal del año 2024; le permitirá concentrar en sus manos un inmenso poder de disposición de los recursos públicos que empleará en la contratación oficial para la ejecución de una serie de obras contenidas en el plan de desarrollo que como el tren de cercanías, la megaobra de la carretera al mar, la terminación de la vuelta de Occidente, etc., su costo supera las posibilidades de inversión en materia financiera, teniendo necesariamente que acudirse a un nuevo endeudamiento que agravaría aún más la situación financiera y el déficit que soporta el fisco en la actualidad, lo que hace inconveniente su aprobación.
Este proyecto de acuerdo tiene visos de ilegalidad al trasladarle al alcalde facultades para modificar el presupuesto sin especificar de manera clara y concreta cada una de las partidas y su cuantía como así lo señalan las jurisprudencias del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, en razón a que es el concejo en el orden municipal o distrital el que tiene la facultad constitucional de especificarlas. Las autorizaciones contenidas en los dos primeros puntos del artículo primero como son las de aumentar los ingresos corrientes de libre destinación al igual que las rentas de destinación especifica, otorgándolas en forma general, ambigua y abstracta, constituye un orangután y un gol que el Concejo pretende meterle a los caleños que pagarían durante esta vigencia fiscal mayores tributos por las maromas jurídicas amparadas en la consabida frase de presunción de legalidad del referido proyecto. Además, facultar al alcalde “para Incorporar nuevas rentas de destinación especificas al presupuesto de la vigencia 2024, sin que en ningún momento dicho incremento pueda exceder la suma de $13.237 millones” y “para adicionar la cuantía y apropiaciones aprobadas en el presupuesto actual para gastos de funcionamiento, gastos de investigación y para servicio de la deuda sin que exceda de 421.889 millones” convierten a este proyecto de acuerdo en una autorización sutil y velada para acudir a un nuevo endeudamiento por un valor superior a los 800 mil millones de pesos situación que además de ilegal es inviable para la real situación financiera del distrito y la capacidad de pago del bolsillo de los caleños.
Y por si fuera poco lo anterior, facultan al alcalde para trasladar los excedentes financieros de EMCALI sin existir un estudio serio y confiable que permita establecer realmente si en la situación financiera de la empresa esta ha generado excedentes, pasando por alto la obligación legal que mantiene la administración central consistente en pagar las sumas que le adeuda a la entidad por facturas de servicios públicos.
Este proyecto de acuerdo por ilegal e inviable no debe ser aprobado por la plenaria y tanto Contraloría general de la Nación como la Procuraduría deben estar alertas y en ejercicio de sus funciones intervenir inmediatamente asumiendo el control para evitarle al municipio agravar su crisis financiera y a los caleños evitarles que continúen pagando la corrupción mediante actos de autoridad y/o actos de poder político como el acuerdo 016 ya que lo más probable es que este sea aprobado por la plenaria de la corporación edilicia distrital