Participación ciudadana – Proyecto de Acuerdo 006-2024, Cali. El ciudadano Ramiro Varela M*, fue excluido por error en la participacion ciudadana celebrada el miercoles 10 de julio del 2024 en la Comisión de presupuesto del Concejo de Cali, donde fue aprobado en 1er debate el Proyecto de Acuerdo 006 de 2024, donde se otorgan autorizaciones al alcalde de Santiago de Cali para celebrar operaciones de deuda pública, asimiladas, conexas…Fue invitado éste viernes 12 de Julio del 2024 a participar en el estudio, entre el 1er debate y el segundo, que se adelentará en la plenaria del cabildo de Cali. Su propuesta anexa, termina en derecho de peticion, que se adjunta, para que sea contestado, antes de la aprobacion en segundo debate, de tal manera que los concejales tengan la informacion completa , para tomar la decisión de un quinto endeudamiento en 8 años.  La participacion expuesta:

Debemos atender constitucionalmente en su orden: LA CIUDAD- EL CONCEJO CONCEJO Y LA ALCALDÍA DISTRITAL.

El problema;  ¿Podrá asumir nueva deuda pública el Distrito de Cali?. NO

¿Por qué?:

  1. Porque no tiene la capacidad real de endeudamiento del ente territorial de Cali, al sumar sus tres grandes pasivos., capital adeudado con los bancos, intereses bancarios (Más altos que el capital) y lo adeudado con los caleños en obras pagadas por valorizacion y no construidas.
  2. Porque la quiebra fiscal de la ciudad, de la que ha hablado el alcalde Eder, es una realidad.
  3. Porque la inviabilidad del marco fiscal del distrito de Cali, presentado en el presupuesto del 2024, es total y mal elaborada.

Objetivo del proyecto de acuerdo del nuevo endeudamiento:  Mejorar el perfil del saldo de la deuda de $  1.05 billones .

El endeudamiento

  1. Armitage en el 2016 en el Acuerdo 407 de 2016 tuvo una autorización por $360 mil millones de pesos.
  2. El mismo Armitage en el 2017 incrementó la financiación con el empréstito en 194.500 millones de pesos, Acuerdo 415 del 2017.
  3. El alcalde Ospina logró incrementar la deuda pública por valor de 554.500 millones de pesos. El 15 de mayo del 2024, el saldo de capital de la deuda asociada a los anteriores acuerdos, el último el 475 del 2020, es de 496.933 millones de pesos.
  4. El alcalde Ospina también tuvo otra refinanciación por 650 mil millones de pesos mediante el Acuerdo 481 del 2020 y el cupo de endeudamiento fue mejorado en el Acuerdo 572 del 2023 por un valor de 71.542 millones de pesos.
  5. El salto de capital excluido a fin de ter es de 1.05 billones de pesos. el límite establecido por el mismo distrito de manejo de la deuda como de refinanciación de intereses etc. es de 1.05 billones de pesos no está computado allí lo de fin de ter porque no sabemos embolsado su totalidad debería de computar la cárcel lo que es, lo que está desembolsado.
  6. El saldo de capital excluido Findeter es de 1.05 billones de pesos. El límite establecido por el mismo distrito de manejo de la deuda, de refinanciación, de intereses etc. es de 1.05 billones de pesos. No esta computado allí lo de Findeter porque no se ha desembolsado en su totalidad, debería de computarse lo que esta desembolsado.

Fundamento legal

CP, ley 8093, decreto 2681 de 1993, decreto extraordinario 111 del 90, ley 358 de 1997, ley 617 de 2000, ley 819 de 2003, decreto 1068 de 2015, decreto 1575 de 2022, Acuerdo 0438 de 2018, Acuerdo 578 del 2024, Plan de Desarrollo Eder.

En la relación de la financiación de  proyectos de inversión de los planes de desarrollo para dotar al distrito de Cali de recursos, no se tienen lo definido en el acuerdo 241 del 2008 y 297 del 2010, donde el distrito de Cali asume una obligación económica y financiera de hacer, con recursos de los contribuyentes de Cali y que por el acuerdo ante el impase ciudadano de las 21 Megaobras años 2008, 2009 y 2010,  el distrito tiene esa obligación de hacer y por lo tanto es un pasivo de la ciudad. Obsérvese de una manera irregular, que, en el marco jurídico presentado en el proyecto de acuerdo, no aparecen estos dos acuerdos y por lo tanto allí se está induciendo a este nuevo Concejo a un error.

¿Porque la obligación del Acuerdo 297 de 2010, es un pasivo exigible?

Porque el Acuerdo 297 de 2010 en el artículo segundo dice: En concordancia con el Art.8º del decreto 1394 de 1970, los eventuales costos adicionales que resultaren de la liquidación final del paquete de obras de la valorización denominada 21 Megaobras, deberán ser asumidos por la administración municipal de su propio presupuesto y de ninguna manera se podrán redistribuir entre los contribuyentes en quienes ya se aplicó la contribución.

Previamente en el Art. 21, se ordena que se debe establecer un acto administrativo para devolver los valores recaudados de la valorización bajo el esquema financiero que se establezca, cuando no se hayan ejecutado las obras. Lo que el distrito ni ha propuesto, ni ha hecho.

LA PRUEBA REINA – Lo qué pasó en los últimos 4 años

El Concejo de Cali y los ciudadanos probaron que no se firmaron  nuevos contratos de esas 21 megaobras, faltan 9 que cuestan más de $900.000 millones ( informacion de la ingeniería local )  y por lo tanto debe ordenarse la liquidación de las obras, devolver dineros sobre obras no contratadas, como ha hecho Bogotá. Todo porque el distrito no pudo cumplir con su obligación de hacer  las 21 Megaobras ó  debe asumir en el presupuesto público de esta vigencia anual, el plan de terminación. Pero no hay la plata.

El pasivo es exigible…

Porque es un compromiso que ha fenecido (terminado) presupuestalmente por no haber sido cancelado ni en la vigencia en que se constituyó, por lo tanto, debe pagarse con cargo al presupuesto de la vigencia en que se haga, es decir en esta vigencia, la obligación contraída en el acuerdo 241 del 2008 y en el acuerdo 297 del 2010.

El endeudamiento…

El Distrito de Cali, según el proyecto de Acuerdo, tiene un servicio de la deuda proyectado a el fin de este gobierno 2027 en 1.05 billones de pesos. Pero la deuda de obras que hoy no quiere tener la Secretaría de Infraestructura, y que supera los 900 mil millones de pesos en capital, proyectado al 2027 es una cifra similar a un billón de pesos, en otras palabras, si en este gobierno no se van a hacer obras como aparece en el nuevo Plan de Desarrollo, la deuda estará incrementada en 1.9 billones de pesos. Todo esto hace el marco fiscal del municipio de Cali inviable y obviamente no tiene capacidad de endeudamiento para asumir lo que hoy se discute aquí en el Concejo de Cali.

Las viabilidades otorgadas por gestión jurídica de la Alcaldía, como lo dije, está errónea, lo mismo la de Hacienda como viabilidad financiera a la iniciativa, y lo mismo la de planeación como viabilidad técnica, porque ellos tienen toda la información en el Banco de Proyectos, pero llevan 15 años sin exigir en ese Banco de Proyectos las factibilidades técnicas y económicas de los proyectos, de los planes de desarrollo comprometidos por acuerdos municipales.

A pesar de estar en el recinto del concejo, la directora de Hacienda economista Prado y la jefe juridica, abogada Roman, no solamente no respondieron las observaciones que de fondo se hicieron en lo economico, financiero y fiscal, si no que la directora de Hacienda no atendió, buscaba charlar , fue recriminada  y siguió en su ” No atencion ” , Ante el reclamo a la presidente de la comision, Alexandra Hernandez , dijo ” Voy a hablar con ella……..la verdad uno debe atender la gente…a los ciudadanos…Así sea para decir uno, no se puede, pero escuchar”.

LA PETICION PRESENTADA

Solicitaría respetuosamente negar este Proyecto de Acuerdo, como aparece aprobado en primer debate..

  1. Paso a presentar la solución para la ciudad, para el Concejo y para el alcalde, siempre y cuando haya salida constitucional y legal, como se descibe en esta edición

Quiebra fiscal – inviabilidad marco fiscal – Cali

Ramiro Varela Marmolejo

Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.