El proyecto de Plan de Desarrollo para Cali comenzará a discutirse en la Comisión de Plan y Tierras del Concejo Municipal y posteriormente debatido en la plenaria de la corporación edilicia. En el caso de que dicho plan no sea aprobado, el alcalde lo adopta por decreto. Entretanto, el Concejo Municipal está obligado a divulgar el proyecto de acuerdo del Plan de Desarrollo, con el fin de que los ciudadanos puedan conocerlo y expresar sus opiniones al respecto, durante el espacio de la participación ciudadana la cual tiene lugar en la comisión.

El Plan de Desarrollo constituye una especie de “hoja de ruta” para el gobierno distrital interesado en desarrollar su gestión administrativa conforme a los intereses y necesidades del pueblo caleño y sujeto a cumplir con los fines esenciales del Estado Social y Democrático de Derecho y su deber de ejecutar sus funciones como representante y defensor del interés general de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia, moralidad, publicidad, etc., consagrados en la Constitución Política.

El Plan de Desarrollo tiene un carácter indicativo, es decir, solo es obligatorio su cumplimiento para el sector público, en tanto que el sector privado puede colaborar con aquel a través de lo que se conoce como las alianzas público-privadas APP, mediante las cuales se realiza la contratación oficial caracterizada por el denominado “Estado contratista”, el cual se convirtió en un instrumento mediatizado por la corrupción, la politiquería y el despilfarro de los recursos públicos.

El Plan de Desarrollo contiene una parte general en la que se definen los lineamientos de la política a implementar durante el período del alcalde, la cual no puede ser modificada por el Concejo durante la etapa de la discusión del Plan de Desarrollo. En la parte Especial, el Plan de Desarrollo contiene en su conjunto los programas que por lo regular no tienen continuidad en el tiempo ni son evaluados con objetividad como ha sucedido en las tres últimas décadas. Dichos planes deben abarcar todas las ramas y sectores de la economía local relacionados con el crecimiento y desarrollo económico de la Municipalidad.

El Concejo territorial de Planeación está integrado por funcionarios de la administración y representantes de varias organizaciones sociales, académicas, sindicales, limitándose sus funciones a cuestiones consultivas y a convocar foros para la discusión del Plan de Desarrollo presentado por el gobierno de turno.

Una vez aprobado el Plan de Desarrollo, el alcalde queda facultado para dictar los decretos y resoluciones que modifiquen el contenido de otros acuerdos y/o suspender sus efectos.  

El Plan de Desarrollo debe estar articulado con los Planes de Desarrollo Nacional y Departamental, en tanto que el presupuesto municipal de rentas y gastos debe estar acorde con el Plan de Desarrollo.

Los caleños que viven en la zona urbana y rural están cansados de las promesas que hacen los alcaldes y que no son incluidas en el Plan de Desarrollo.

En las últimas tres décadas, el Plan de Desarrollo se ha fragmentado en procura de satisfacer los intereses de determinados grupos económicos y sociales a manera de una piñata que se reparte, dejando por fuera la atención de los verdaderos problemas de la ciudad y de los caleños en general. En esta oportunidad, el alcalde Eder manifestó públicamente que cumplirá con las promesas y los acuerdos realizados en favor no solo de los electores que lo llevaron al poder sino de todos los caleños.

 Lo que esperan los caleños en gobierno del alcalde Eder es que se propenda por la ejecución de políticas que promuevan realmente el desarrollo económico, político, social, ambiental, cultural, acordes con los intereses y necesidades de todos los caleños.

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.

Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social