Por conductas de uso indebido del poder administrativo con fines político-electorales, desviación de poder, favorecimiento partidista e incumplimiento de los principios constitucionales de moralidad, imparcialidad, eficacia, igualdad y transparencia, se formula denuncia judicial y política contra el señor Alejandro Eder Garcés, actual alcalde del Distrito Especial de Santiago de Cali.

Uso político de la nómina de contratistas PS y favorecimiento electoral

Desde el año 2024, la administración distrital mantiene una estructura paralela de poder político a través de la contratación por prestación de servicios (PS), con cerca de 15.000 contratistas (12.000 en la administración central y 3.000 en entidades descentralizadas). Esta informacion la ha dado permanentemente Caliescribe.

Numerosos evidencias se conocen y señalan que estos contratistas son presionados e inducidos a participar en actividades proselitistas, bajo la amenaza de no renovarles sus contratos o de ser excluidos de futuros procesos de selección y contratación.Esta práctica es generalizada en secretarías, departamentos administrativos y entidades descentralizadas constituye una forma moderna de cooptación del empleo público, atentando contra los artículos 6 y 209 de la Constitución Política, que imponen a los servidores públicos actuar conforme a los principios de moralidad y eficacia administrativa.

El manejo político de la nómina PS se ha convertido en un instrumento de control y manipulación electoral, especialmente en períodos previos a la ley de garantías.

Favorecimiento electoral al partido Nuevo Liberalismo   

Se denuncian reuniones sostenidas entre funcionarios de la Alcaldía y contratistas PS, donde se promueve explícitamente el apoyo a Juan Fernando Reyes Kuri (al Senado) y Juan Pablo Rojas (al Cámara), ambos aspirantes por el partido Nuevo Liberalismo, colectividad política del alcalde.

El uso del aparato administrativo para promover candidaturas de un partido político constituye falta gravísima, conforme al artículo 48, numeral 39, de la Ley 1952 de 2019, por utilización del cargo y de los recursos humanos del Estado para fines electorales. Tal conducta vulnera los artículos 127 y 209 de la Constitución, que prohíben a los funcionarios públicos participar en actividades de proselitismo.

Intervención indebida en procesos internos del Pacto Histórico

Se han denunciado apoyos institucionales a la candidata Paola Andrea Quiñónez Dharo, del movimiento Pacto Histórico, impulsados desde funcionarios de la Alcaldía, con el objetivo de debilitar la posición de la concejal Ana Erazo, crítica de la administración. La candidatura de Quiñónez Dharo obtuvo más de 10.000 votos en Cali, lo que demuestra una intervención activa y sin precedentes de un alcalde en los procesos internos de otro partido político, incluso de ideología contraria. Este hecho configura una desviación del poder administrativo y una violación al principio de pluralismo político (art. 40 C.P.), además de evidenciar el uso instrumental de las instituciones públicas con fines de manipulación política.

Injerencia en la elección del Consejo de Juventud de Cali

Existen denuncias de manipulacion indebida de funcionarios y contratistas en la elección del Consejo Distrital de Juventud, favoreciendo a listas del Nuevo Liberalismo (con el 9.4% de la votacion), Cambio Radical (7.6%) y Centro Democrático (5.8%). Estas acciones afectaron la neutralidad y autonomía del proceso de participación juvenil, comprometiendo la legitimidad del espacio democrático. Se trata de una interferencia institucional que quebranta los principios de transparencia y libertad política consagrados en los artículos 1 y 40 de la Constitución.

 Irregularidades en la priorización de obras de infraestructura

La Secretaría de Infraestructura, a cargo de la ab. Luz Adriana Vásquez T., es utilizada como instrumento de favoritismo político en la selección de sectores y vías para obras de rehabilitación y bacheo. Estas intervenciones se realizan sin criterios técnicos ni planes de movilidad, sino con base en decisiones políticas. Las pruebas muchas, donde se pavimenta por influencia politica, sin arreglar alcantarillado.

La ciudad cuenta con una red vial de 2.900 kilómetros, de los cuales 1.700 km están en mal estado. En 2024 se intervinieron 110 km, y para 2025 se proyecta la atención de 180 km, sin lograr una reducción del deterioro acumulado. La discrecionalidad en la asignación de obras públicas afecta los principios de planeación, igualdad y eficiencia del gasto público, y constituye un uso inadecuado de los recursos públicos. Además, la ejecución presupuestal presenta retrasos, y, según los concejales de la Comisión de Presupuesto, la secretaria presentó cifras inexactas sobre el avance de ejecución, lo que podría derivar ésta semana en una moción de censura en el Concejo de Cali.  También se señala la reaccion a la intervención indebida en la elección de la Contraloría, desquite a través de la Personería, entidad adscrita al cabildo y vinculada al partido Cambio Radical.

Y como si fuera poco, la ab. Vasquez ha sacado toda la poca memoria institucional que le quedaba a la secretaria, sacando los contratistas PS sin o con poco respaldo politico. Por ello,  de ser una institucion técnica en los 9os, ahora nadie responde técnicamente por la infraestructura de Cali y las megaobras faltantes, especialmente por la obra más importante de la ciudad, la conexion norte – sur, prolongacion av Circunvalacion pasando los rios Melendez, Lily y llegar al Pance. Esta obra y otras, decretadas hace 17 años y pagada por los caleños a traves de la valorizacion, en éste gobierno, ni actualizaran los diseños.

Injerencia en la elección del Contralor Distrital

De acuerdo con denuncias públicas presentadas por concejales, el alcalde intentó influir en la conformación de la terna y selección del Contralor Distrital, cargo que constitucionalmente corresponde elegir al Concejo de Cali. Este acto constituye una invasión a la autonomía institucional del Concejo, generando tensiones evidentes entre la Alcaldía y los concejales. Incluso, se registraron represalias burocráticas, como la remoción del director de la UAESP y el retiro de más de 120 contratistas PS, confirmando las prácticas de persecución política denunciadas.

Denuncias ante órganos de control

Se tiene constancia de denuncias formales radicadas ante la Procuraduría General de la Nación, con pruebas que sustentan los hechos aquí descritos. Pese a ello, no se ha observado ninguna acción correctiva ni pronunciamiento público por parte del alcalde, quien mantiene un modelo de dirección política y control electoral desde la administración.

Incumplimiento de compromisos programáticos

Durante su campaña, el señor Eder Garcés prometió transparencia, meritocracia y lucha contra la politiquería, sintetizado en su lema: “¡No al continuismo político, no al chontinuismo!”.

Sin embargo, su gestión evidencia: Continuismo de prácticas clientelistas. Falta de meritocracia en la contratación PS. Ausencia de rendición de cuentas transparente. Ineficiencia administrativa y discrecionalidad en inversión pública.

Estos hechos configuran un quiebre ético y político respecto a sus promesas electorales.

Desconocimiento de la función del Concejo de Cali

El alcalde ha desconocido las funciones constitucionales y legales del Concejo, órgano que ejerce control político y tiene competencia electoral, conforme a la Ley 136 de 1994 y la Ley 1551 de 2012. Su interferencia en procesos de elección y su negativa a atender requerimientos de control político constituyen una violación de la separación de poderes locales y del principio de colaboración armónica entre instituciones. En especial, desconoce la competencia constitucional del concejo, en la elección del contralor de Cali

Solicitud<. Por lo anterior, se solicita a los órganos de control competentes (Procuraduría General de la Nación, Contraloría General y Fiscalía General de la Nación) adelantar las investigaciones necesarias para determinar la responsabilidad disciplinaria, administrativa y eventualmente penal del alcalde Alejandro Eder Garcés y de los funcionarios comprometidos.

Asimismo, se exhorta al Concejo Distrital de Cali y a las organizaciones ciudadanas y veedurías a ejercer vigilancia activa sobre los recursos públicos, que en el caso de los PS, tendrá un costo en el 2025, cercano al $1.0 billón, es decir, más de $90.000 millones / mes,   y la contratación estatal, para impedir que la administración distrital siga funcionando como un directorio político al servicio de intereses electorales.

Se adjunta derecho de petición

Peticion alcalde de Cali – ff

Ramiro Varela Marmolejo