El proceso de gentrificación no es algo nuevo en el mundo capitalista globalizado, el cual viene implementándose desde la década de los años 60 del siglo pasado en ciudades como Londres, Nueva York, y en varias ciudades de América Latina como Ciudad de México, Bogotá, Medellín, Baranquilla, Cali, etc., y en la actualidad en varios países europeos como España, Alemania, etc.
Dicho proceso conlleva en la práctica el desplazamiento de diversos sectores de la población urbana que residen en antiguas viviendas situadas preferencialmente en barrios populares y obreros de las grandes ciudades o de zonas industriales que son objeto de la implementación de políticas de renovación urbana y de nuevos y modernos desarrollos urbanísticos que se construyen a partir de la inversión de grandes capitales con destino a impulsar la construcción de complejos habitacionales, comercios, hoteles, restaurantes, etc.
En la ciudad de Cali, el proceso de gentrificación se adelanta a partir de la renovación urbana, que de manera incipiente se realiza en el centro de la ciudad en un amplio sector de barrios y edificaciones que hacen parte de su patrimonio histórico y arquitectónico, que poco a poco ha sido destruido con el beneplácito de las autoridades de la municipalidad. Dicho proceso trajo el desplazamiento masivo de barrios como El Calvario cuyos habitantes fueron prácticamente expulsados y ahora conviven en tugurios en barrios adyacentes al centro de la ciudad.
Mientras los gobernantes de turno desestiman la construcción de obras de carácter prioritario se empeñan en ejecutar otras obras en sectores urbanos que serán objeto del proceso de urbanismo gentrificador en el futuro como sucede con la adecuación de la denominada “ruta de la salsa” en el barrio obrero, adelantada por la administración del alcalde Eder a la vez que urge en la ciudad, la reposición de las viejas y obsoletas redes de acueducto y alcantarillado que permanentemente están colapsando en varios sectores de la ciudad.
En la actualidad se prevé el desplazamiento de los residentes de barrios como San Pascual, Santa Rosa, San Bosco, Sucre, Obrero, etc., para lo cual la estrategia de la administración consiste en aumentar desproporcionadamente el valor de los avalúos catastrales a fin de que sus propietarios no solo se vean obligados a pagar altas tasas por concepto del impuesto predial y de industria y comercio y posteriormente negociar con la municipalidad para el desarrollo de los planes de renovación urbana y de someterse a la expropiación de sus viviendas en condiciones irrisorias en cuanto a precios de sus propiedades.
Este es el precio que los residentes de estos barrios tendrán que pagar so pretexto del proceso de gentrificación que se adelanta en la ciudad de Cali, que conduce como lo expresamos anteriormente, al desplazamiento y despojo de las viviendas en las cuales han residido durante toda o gran parte de su vida.
La renovación urbana en sus diversas expresiones no puede convertirse en un proceso que so pretexto de recuperar el espacio público o mejorar la seguridad de los barrios, etc., se traduzca en un despojo de las viviendas de los residentes de los barrios para posteriormente construir grandes complejos habitacionales, centros comerciales, hoteles, estaciones de transporte que solo benefician a grandes contratistas y urbanizadores que conjuntamente con alcaldes y secretarios de vivienda disponen arbitrariamente del presente y futuro de la ciudad y de sus habitantes. Aunque el proceso de renovación urbana hace parte del progreso urbanístico de la ciudad, desde la Veeduría que representamos consideramos que dicho proceso debe realizarse con la participación de los ciudadanos que habitan los barrios y sectores de la ciudad en donde viven con sus familias y tienen sus negocios, pues de lo contrario cualquier plan en este sentido impuesto desde las alturas del poder implica un acto de extralimitación de las autoridades en el ejercicio del poder que carecen de toda justificación y vulnera claros principios constitucionales y legales en el marco del Estado Social y Democrático de Derecho.
