En reciente entrevista en el diario El Tiempo en edición correspondiente al 16 de julio 2025 el viceministro de justicia manifestó en relación con el decreto nacional 0799 del 9 de julio-2025 mediante el cual se traspasa a los jueces del Circuito el conocimiento y juzgamiento de las acciones de tutela contra el presidente de la República y otras autoridades del orden nacional, que eran de competencia del Consejo de Estado, “el propósito del gobierno era el de maximizar el principio de la igualdad, de manera que todas estas tutelas, fueran conocidas por una misma autoridad”.

Tal argumentación tuvo respaldo en el presidente Petro quien manifestó que de esta manera se garantizaría igualmente la democracia.

Así, se modificaron no solo las reglas para el reparto de las demandas de tutela interpuestas por los ciudadanos, sino que se introdujo un cambio de competencias, el cual solo se podía realizar con base en una ley estatutaria aprobada por el Congreso de la República, violándose en estas circunstancias, la Constitución Política de Colombia.

Al preguntársele al vice ministro sí el mencionado decreto viola el principio constitucional de la separación de poderes, respondió que en ningún caso esto es posible por cuanto con dicho decreto no se modifica la competencia judicial, ya que tan solo se ha establecido una nueva regla de reparto y no de competencia. Semejante afirmación no se aviene con la realidad jurídica, al tiempo que el Consejo de Estado no podrá continuar conociendo ni tramitando tutelas contra ninguna autoridad a escala nacional incluyendo al presidente de la república.

Así las cosas, con el decretazo no solo se violó el principio de legalidad al cual deben someterse todos los funcionarios del Estado y el conjunto de los ciudadanos., sino que en un desafortunado ejercicio del poder modificó en su favor la competencia del juez constitucional.   No obstante, el gobierno del presidente Petro se empecina en actuar por fuera del orden constitucional y legal en lo que se podría calificar como una clara extralimitación en el ejercicio de sus funciones, poniendo en riesgo la propia estabilidad jurídica del Estado de Derecho, cuya ejecutoria linda con el autoritarismo, propio de gobiernos democrateros y populistas, que a cada paso se colocan por encima de la legalidad.

Desde luego, el verdadero propósito del gobierno de introducir nuevas reglas en el reparto de las tutelas contra el presidente de la república, sus políticas y programas, obedece a las tensiones entre el presidente y el Consejo de Estado que ha anulado varios decretos del gobierno por diferentes razones de índole legal desatando un verdadero “choque de trenes” calificado por el ejecutivo como un “bloqueo institucional”.

Esta situación por demás anómala, terminó en una constante demostrativa del verdadero propósito del gobierno de apartarse de manera reiterada de las formas y procedimientos democráticos que debían caracterizar al denominado gobierno del cambio, para convertir su voluntad en norma superior, matizada por el democraterismo y el populismo que en la actualidad constituyen una tendencia que se expresa en varios países del mundo capitalista globalizado.

Ejecutar para el cambio no significa en modo alguna alterar el orden constitucional y con ello el Estado de Derecho, manteniendo los aspectos estructurales de las desigualdades, pobreza y exclusión causantes de los graves problemas que aquejan al país sumido en profundas crisis económicas, políticas y sociales. El cambio no debe reducirse a las simples formalidades jurídicas y legales. En tanto que los seguidores incondicionales del presidente Petro no le hacen ningún favor a la causa democrática con sus loas hacia los excesos verbales y otros comportamientos de siempre criticados, pero hoy aplicados para aprobar y conseguir lo que creen es el cambio social.

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.

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