Los recientes hechos ocurridos en Cali, durante la movilización social de las antorchas , dejaron al menos 7 estaciones del sistema de transporte masivo MIO vandalizadas, según reportes oficiales. La afectación del bien publico,  no se limita a la infraestructura: impacta directamente la movilidad de miles de ciudadanos que dependen diariamente del servicio para trabajar, estudiar y acceder a salud. Es claro que la protesta social tiene limites constitucionales, pero  falló el alcalde como jefe constitucional de la Policia , para  la debida proteccion del orden publico, cuando el Sr. secretario de Seguridad  Javier Garcés M. afirmó en el Concejo : “….desde la secretaría de Seguridad, se determinarán medidas como: No permitir el ataque a los activos estratégicos o bienes comunes del Estado. Garantizar la protesta pacífica.  Para ello, dijo, se dispondrá de un protocolo estricto que permita delimitar y categorizar actos violentos en manifestaciones y la intervención de la fuerza pública de forma inmediata para prevenir daños al mobiliario urbano y al transporte masivo”. Infiere que no hubo el protocolo estricto en la referida marcha, actos vandalicos, que han generado tanta reaccion ciudadana.

El MIO como bien público esencial

El sistema MIO no es un bien cualquiera. Es un servicio público esencial financiado con recursos colectivos y orientado al interés general. Su afectación no compromete únicamente la operación estatal, sino el acceso efectivo a derechos fundamentales, en especial para los sectores que dependen de este sistema como única alternativa de transporte.

Responsabilidad institucional y antecedentes

En Cali, el alcalde, como jefe constitucional de la Policía en el ámbito del distrito, tiene la responsabilidad de dirigir la protección del orden público. En los últimos años se han registrado antecedentes de afectaciones graves a infraestructura pública y privada durante las administraciones de Armitage en 2019 y Ospina en 2021, con daños de gran magnitud. Estos episodios evidencian dificultades en el control de la violencia durante manifestaciones y la ausencia de respuestas operativas consistentes. En 2026 persiste la discusión sobre la existencia y aplicación de protocolos eficaces para la protección de lo público. Porque no hubo….

Protesta social y límites constitucionales

La protesta social es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política de Colombia. Sin embargo, no es un derecho absoluto. Cuando su ejercicio afecta bienes públicos esenciales o derechos de terceros, el debate deja de ser solo político y se convierte en un asunto constitucional.

La Corte Constitucional ha reiterado que el ejercicio de un derecho no puede anular los derechos de los demás. En ese sentido, la destrucción de bienes públicos no puede considerarse una forma legítima de protesta.

Impacto social y económico

Los daños a estaciones del sistema implican costos de reparación que asume el conjunto de la sociedad. Además, los cierres operativos generan retrasos, pérdidas económicas y limitaciones en el acceso a servicios básicos. La repetición de estos hechos en el tiempo incrementa el deterioro de la infraestructura y afecta la confianza en lo público.

Bien común y responsabilidad del Estado

El Estado tiene la obligación de garantizar el orden público y proteger los bienes comunes. Esto no implica restringir la protesta, sino asegurar que se ejerza dentro de límites que respeten los derechos de todos los ciudadanos.

El concepto de bien público es central: los sistemas de transporte son financiados colectivamente y su destrucción no afecta a un gobierno en particular, sino a la sociedad en su conjunto.

El debate no es entre protesta y autoridad, es entre legalidad e ilegalidad.

La Constitución protege la movilización social, pero no ampara la destrucción de lo público. Fortalecer una cultura de protesta responsable es un desafío institucional, en el que la exigencia social no puede implicar la afectación del interés general ni el debilitamiento de los servicios esenciales.

En Cali, el alcalde es responsable del orden público y la protección de lo público. Los hechos de años anteriores, evidencian debilidades en el manejo de protestas y en las respuestas institucionales. En 2026 persiste el debate sobre la falta de protocolos eficaces para proteger bienes públicos ante el vandalismo en movilizaciones. Quien responde: El alcalde Eder o el Secretario de Seguridad

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