Aunque la Constitución de 1991 constituyó un avance significativo en lo relacionado con el derecho al TRABAJO, el hecho real y concreto es que el Estado colombiano y el conjunto de la institucionalidad no han cumplido con el deber de protegerlo en toda su dimensión como un elemento fundamental en la creación de la riqueza social acorde con los fines del Estado Social y Democrático de Derecho, que vincula el trabajo con la Justicia, la equidad y el bienestar general con las garantías jurídico- formales consagradas en el artículo 53 de la Carta fundamental.
No obstante, antes y después de entrar en vigencia la actual Constitución Política de Colombia, los trabajadores han sido despojados de sus derechos empezando con la ley 50 de 1990 que es la que más derechos abolió entre otros, el relacionado con la retroactividad de la cesantías e implementando nuevas formas jurídicas mediante las cuales se tercerizó la contratación laboral en lo que se conoce como la “deslaboralización” del derecho laboral, además de haber quebrantado la unidad de empresa y con ello afectando la contratación individual de los trabajadores, etc., hasta la aprobación en el Congreso de la ley 100 de 1993 que modificó los derechos de los trabajadores en materia pensional y en salud y que a pesar del avance en cuanto a la universalidad esta no se hizo efectiva en la práctica más que desde el punto de vista formal. Posteriormente se aprobó la ley 789 de 2002 por medio de la cual se procedió a disminuir la remuneración correspondiente a las horas extras, la jornada nocturna, los dominicales, festivos, con lo cual se legitimó el despojo de los derechos de los trabajadores asalariados del país, circunstancia que fue justificada con el argumento falaz por parte de gremios empresariales y la clase política como la mejor manera de atraer nuevas inversiones de capital e impulsar el crecimiento del empleo estable y duradero, lo cual fue avalado por la Corte Constitucional en lo que se puede calificar como la decisión más arbitraria e injusta adoptada por la institucionalidad al servicio de las clases dirigentes del país (económica y políticamente dominantes) que se lucraron con estas decisiones con franca violación de los derechos constitucionales y legales, convenios y tratados internacionales sobre dichos aspectos laborales.
Después de 30 años de regir la Constitución de 1991, la situación de los trabajadores asalariados ha empeorado sustancialmente, en tanto crece de manera exponencial la informalidad cuya base material la constituye el trabajo por cuenta propia completamente desprotegido y sin las garantías laborales de que gozan un número de trabajadores asalariados que laboran en su gran mayoría en las micro, pequeñas y medianas empresas, al tiempo que crece la nómina de trabajadores oficiales y funcionarios públicos y contratistas del Estado que gozan de prebendas y privilegios en medio del crecimiento del aparato del Estado que hace parte del sistema no productivo de la economía nacional con excepción de algunos trabajadores que laboran en el sector de la salud, la educación, etc.
Entretanto, el proyecto de reforma laboral presentado por el gobierno del presidente Petro al Congreso de la República con el propósito de recuperar y ampliar los derechos de los trabajadores, se hundió en la comisión séptima del senado lo cual ha hecho que el jefe del Estado proponga la realización de una consulta popular conteniendo varios de los temas de la malograda reforma laboral que han sido sintetizados en un total de 12 preguntas, cada una de las cuales deberá ser respondida por los ciudadanos ya sea de manera positiva o negativa o simplemente absteniéndose de hacerlo en uno u otro sentido, que es el voto en blanco.
Dicha propuesta ha suscitado todo tipo de controversias y debates en el seno de la comunidad y de diversos sectores económicos, políticos y sociales, varios de los cuales se oponen a la realización de la consulta, en tanto que un grupo de parlamentarios presentó en la cámara de representantes un nuevo proyecto de reforma laboral que recoge varios puntos de la antigua reforma que benefician a los trabajadores.
Esta discusión no debe resolverse simplemente como si fuera un asunto jurídico formal o de carácter procesal, sin hacer los análisis profundos de la situación económica que se vive en el país y en especial la que afrontan los trabajadores de las diferentes ramas y sectores de la producción que en la actualidad crece con bajas tasas de rendimiento económico, lo cual no permite un desarrollo integral y sostenible desde el punto de vista de la productividad del trabajo y con una economía cada vez más dependiente de los grandes monopolios en poder del gran capital financiero nacional e internacional, que en el caso de Colombia muy poco contribuye en la actualidad con la creación de nuevos empleos de carácter estable y duradero, en tanto que los que laboran en las empresas temen perder sus puestos de trabajo agravándose aún más la situación de los trabajadores y en particular de aquellos que laboran en el campo, que no cuentan con las mínimas condiciones laborales de que gozan los trabajadores en las ciudades.
Y de ahí que la reforma laboral en sí misma no debe convertirse en un simple “pliego de peticiones” dentro del cual se enmarca la lucha económica de los trabajadores por lograr la recuperación y conquista de nuevos derechos, pero que de hecho y de derecho tan solo tiene un valor transitorio y relativo, ya que los mayores costos laborales que se producen con el aumento de las prestaciones sociales, se trasladan irremediablemente a los consumidores a través del aumento de los precios de los productos, bienes y servicios que se ofrecen en los mercados de venta, agravándose de esta manera la situación general de la inmensa mayoría del pueblo colombiano.
El impacto social que causa dicho fenómeno hará que la capacidad de compra de las personas en general disminuya sustancialmente y con ello la demanda solvente de bienes, lo que a su vez afectará el crecimiento de la producción y con ello el empleo formal, dando lugar al incremento del desempleo y la informalidad afectándose además la mayoría de los trabajadores de las micro, pequeñas y medianas empresas que hoy constituyen el 90% de las fuentes formales del trabajo asalariado del país.
El carácter meritorio de la lucha económica por la reivindicación y conquistas de nuevos derechos en favor de los trabajadores en general, no evitará que continúe la explotación económica del trabajo. No hay que olvidar que la lucha económica siempre va dirigida contra las consecuencias de la explotación capitalista y no contra la causa fundamental y determinante de la explotación y de la miseria en que viven los trabajadores. Y de ahí, la necesidad de emprender la lucha política por una verdadera transformación social que implique colocar en el centro del cambio y del progreso social a quienes viven en lo fundamental de su trabajo y en la dirección, administración y control de los asuntos del Estado y de la sociedad para lo cual es indispensable contar con la unidad, organización y acciones conscientes de las leyes sociales y condiciones indispensables para el desarrollo de la lucha política por la verdadera transformación social del país.