El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, a través de la Secretaría de Hacienda Distrital , ha impulsado el  alivio tributario para que tengan deudas con la ciudad y se pongan al día para finalizar el 2024.  Es decir, se lanza en un proyecto económico por el D,C y en uno social por los ciudadanos capitalinos.

El plazo y el alivio tributario para estos descuentos irán hasta el 13 de diciembre y beneficia a los morosos con saldos pendientes en impuestos como el predial, el de vehículos, ICA o multas y sanciones.  En estos casos, las personas con estas deudas podrán recibir descuentos hasta del 80% de los intereses cuando paguen el 100% del capital adeudado y el 20% restante de los intereses. La ciudad calcula que con estos alivios recuperan cerca de 600 mil millones de pesos de cartera.

Mayor la problemática en Cali, del distrito y los ciudaadnos

Es mayor el problema fde Cali, con una QUIEBRA FISCAL DEL DISTRITO  y de los ciudadanos  en su  desarrollo social o mejor con los indicadores de PIB per cápita o desempleo o informalidad laboral o violencia, pésima educación, etc . Por lo tanto, Cali es una ciudad que tiene la manera de justificar económica y socialmente frente a las normas nacionales, este régimen de excepción tributario, para un papayazo de impuestos.

En palabras del alcalde de Bogotá

Con buenas noticias para quienes tengan deudas con Bogotá

Estos alivios en Bogotá, debe tener en cuenta: obligaciones tributarias.

Para contribuyentes que se encuentren en la etapa de cobro: predial o vehículo de las vigencias 2020, 2021 y 2022, ICA y otros impuestos, deudas que entraron en mora entre el 12 de marzo del 2020 y el 30 de junio del 2022, para contribuyentes que tienen obligaciones en mora al 12 de junio del 2024 y la Secretaría de Hacienda, no ha emitido una liquidación oficial, emitió una liquidación oficial pero no está en firme. De acuerdo con las cifras de la Secretaría Distrital de Hacienda, este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes (familias con cerca de 2.778.034 obligaciones)

Obligaciones no tributarias. Son aquellas deudas con la Secretaría del Distrito y/o alcaldías locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio del 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas. Es importante tener en cuenta que, para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en la Secretaría de Movilidad y Salud, respectivamente.

En palabras de la Secretaría de Hacienda de Bogotá.

Invitamos a los contribuyentes para que aprovechen esta oportunidad para ponerse al día de sus obligaciones tributarias. El ahorro del 80% en intereses y sanciones constituye un alivio.Los contribuyentes interesados en acogerse al alivio tributario pueden optar por dos modalidades de pago: pago completo del 100% de la obligación y el 20% de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024.  Facilidad de pago: Aplica únicamente para deudas de impuestos en etapas de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad, vence el 15 de octubre del 2024. Para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe pagar al menos el 30% de todas las deudas a su cargo, incluido capital, intereses y sanciones, aplíqueles o no el alivio tributario y no está reportado en el boletín de deudores moroso, sino por incumplimientos de acuerdo de pago. Quienes cumplan con estos requisitos, deben diligenciar y firmar el formulario dispuesto en la página web y adjuntar copia de la cedula de ciudadanía del deudor. La Secretaría de Hacienda ya tiene disponible en su página web el aplicativo para que las personas interesadas en saber si son o no beneficiarias de los alivios tributarios pueden hacer la consulta. La Secretaría Distrital de Hacienda recuerda a los contribuyentes que todos los trámites ante la entidad son gratuitos. Recomienda no acudir a los tramitadores.

¡Bogotá entendió problemática social¡ . ¿Porque Cali no, cuando lo fiscal es peor?

Redacción