Decíamos que María Mercedes Prado como secretaria de Hacienda de Cali, había superado la crisis política con el Concejo de Cali, en el estudio del Plan de Desarrollo diciendo que: “ …me disculpo …me comprometo a que estas actuaciones no se vuelvan a repetir, pues entiendo que ello genera molestias. De ahora en adelante mantendré el respeto por esta Corporación y consultaré las actuaciones que se vayan a hacer desde mi despacho, con respeto y armonía porque sé que ellas son la base de la reconciliación……”. Igualmente decíamos , …  pero…… excusas de forma, no en su contenido y narrativa real.

Lo demostraremos en este ensayo investigativo , a través de la evaluación:  Lo bueno, lo malo y lo feo de lo expuesto por Hacienda Cali en el estudio y debate post crisis del Plan de Desarrollo.

Lo bueno

Su presentación, exposición , que con argumentos,displicencia, desconocimiento de autoridad,  crisis, humildad y excusas, logra los   apoyos de una coalición mayoritaria y gran consenso, liderados por el concejal, Roberto Ortiz,  tambien críticas importantes aunque  minoritarias, con  contenido y cabildantes que no se han silenciado. Esto  ha permitido abrir  debates conceptuales en el Concejo, que lo hace memorable, quien gana es la ciudadanía, la alcaldía, la hacienda publica, y Planeación , porque es el manejo responsable de los dineros de la ciudad con análisis de :

Pasivos , endeudamientos, re perfilamientos y obligaciones sin cumplir.

Lo malo y lo feo

La administración en cabeza de la Secretaría de Hacienda, da  palos de ciego, la ley es clara en temas del régimen del endeudamiento público o del crédito público, que  se rige desde la ley 80 del 93 , su reglamentación y normatividad en materia de contratación pública y con un capítulo especial sobre los empréstitos. La  ley previó una reglamentación sobre endeudamiento y en el mismo año de la ley 80, del  93 , expidieron el decreto 2681, por el cual “se reglamentan parcialmente las operaciones de crédito público, las de manejo de la deuda pública, sus asimiladas y conexas y la contratación directa de las mismas”.

Luego es norma para todas las entidades públicas, nación y entidades territoriales para crédito,  empréstitos, que reitera la normativa que consagra el decreto 2681, en su  artículo 5 se llama operaciones de manejo de la deuda pública, propias de manejo de la deuda pública, las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. ¿Cuáles serían las llamadas operaciones de manejo de la deuda pública? Entre otras, la refinanciación, la reestructuración, la renegociación, el reordenamiento, la conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deuda de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la dirección del tesoro nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen”. En el parágrafo “las operaciones que impliquen adición al monto contratado o incremento en el endeudamiento neto de la entidad, deberán tramitarse conforme a lo dispuesto en el presente decreto para la contratación de nuevos empréstitos”.

En este artículo 5 es el que rige lo que se llama operaciones de manejo de la deuda pública entre ellas, las más frecuentes son la refinanciación, la restructuración, la renegociación y sobre todo una muy importante que llama sustitución de deuda. La virtud de una operación de manejo de deuda pública en cualquiera de las modalidades, es que se re perfile la deuda, re perfilar es:

Mejorar los términos de la deuda en las cuales se encuentran pactados los créditos, conseguir más plazos, mejores tasas de interés, conseguir periodos de gracia más amplios, más generosos, conseguir una forma de amortización que no golpee la caja, o sea eso es el re perfilamiento. Pero si en sumas y restas de la operación, arroja un saldo de endeudamiento neto, digamos superior ó que crezca, pues definitivamente no cumple con los requisitos. Y allí tendrían que hacer el trámite como si fuera un endeudamiento neto, o sea, si el endeudamiento neto aumenta, definitivamente no se llama operación de manejo de deuda, sino que es un nuevo crédito.

Pero, si se van a cambiar los destinos del crédito o del recurso que se está liberando en razón de la operación de manejo de deuda, también requiere autorización del Concejo, luego es razonable, ni hacer oposición de algunos concejales, que ellos soliciten o exijan que esa operación vaya al Concejo Municipal. Y si se hace una presentación bien sustentada, seguramente el Concejo la va a aprobar, sin el “ Yo te doy …tu me das …” de los Concejos 2023 – 2020, 2020 – 2016……

Se debe reiterar si se aumenta el endeudamiento neto o la deuda se necesita autorización del Concejo distrital mediante acuerdo y de la misma manera, si hay un cambio de destinación de los recursos del crédito que se liberan como consecuencia de la operación, también se necesita aprobación del Cabildo de Cali. Por supuesto, re perfilar con planes de desarrollo de periodos constitucionales y POTs  diferentes lo lógico, lo legal y lo sano, es que sea refrendada la operación por el Concejo distrital.

Se equivocó  la Secretaría de Hacienda presentando el reperfilamiento a  la autorización del Ministerio de Hacienda, en  la dirección de crédito público, porque  de acuerdo con la norma legal no se necesita, la dirección de crédito público lo único que hace es registrar la operación de crédito cuando se culminen obviamente con el cumplimiento de todas las reglas de la norma legal, pero cuando esto se hace, simplemente la dirección de crédito público lo que hace es mirar una lista de chequeo y ver que se cumplieron los requisitos formales, pero la parte del contenido y todo lo demás, ellos no tienen por qué meterse en eso. Eso sería un abuso de autoridad, en todo caso no se necesita ese autorización, es un simple registro y el registro es a posteriori y no a priori.

De otro lado, la intervención de la Secretaría de Hacienda en el Concejo  en  acto de humildad, de respeto a la autoridad jerárquica,  observó una humildad digamos prefabricada, parece libretiada. Porque nuestra hipótesis es que simplemente aceptó sus errores de forma, pero no los de fondo, como son:

  1. Precisar en el plan de desarrollo, que el re perfilamiento se iría a presentar en proyecto de acuerdo al Concejo y no aceptar, que debe pedir esa autorización
  2. Veladamente aplaza el debate del re perfilamiento, o con una comisión accidental, y quedaría para después de aprobación del plan de desarrollo, cuando el lineamiento general sobre nueva deuda de capital e intereses , deben quedar definido
  3. No reconocer en análisis serio y no es de opinión económica como ella disimuló, es claridad frente a la normatividad legal, que el reperfilamiento al cambiar el destino de esos recursos, obliga a la autorización del Cabildo
  4. No atender ni por escrito, ni en discursos, el pasivo de la valorización, que imperiosamente debe ser asumido por el presupuesto del distrito de Cali, para lograr el cumplimiento del mandato de los Acuerdos 241 del 2008 y 297 del 2010, decretados,  pagados y asumidos anualmente por el Distrito e incumplido para los 21 megaobras.

El Plan Financiero, no se puede obviar…

Es absolutamente vital para que puedan aprobar el Plan de Desarrollo,  de acuerdo con la ley orgánica de Planeación No 152 de 1994, que tiene 2 componentes: Uno general que es la parte estratégica (discursiva )  y el plan  plurianual de inversiones, o sea para las inversiones que se aspiran a ejecutar durante lo s 4 años del mandato con respaldo  por la financiación, y que sea creíble:

Para Cali 20 billones de pesos en los 4 años, que  podíamos llegar hasta los 22 b , si las entidades descentralizadas del municipio, hacen lo que se llama los aportes o los traslados de las utilidades que se obtengan o excedentes financieros, en los ejercicios financieros de fin de año, es un saludo a la bandera. ¿Porque razón?. Las 3 entidades descentralizadas más importantes que tiene el Distrito: Emcali, emproblemada con Telco que se come prácticamente los excedentes financieros de las otras unidades de negocios y con  alcaldes medrosos ( Guerrero II, Armitage y Ospina II )  para  plantear soluciones estructurales y de fondo, solo  pañitos de agua tibia. El alcalde Eder podría tomar decisiones en Telco en 2º semestre de 2024, liberaría a los otros negocios en el 2027 , ya es tarde para este cuatrenio.

Lo cierto es que Emcali no ha podido terminar la negociacion con la nación, gracias al artículo del Plan Nacional de Desarrollo , que extingue la deuda de Empresas Municipales o del distrito por la  PTAR…., aunque en los  4 meses el gobierno Eder camina en esta dirección. Luego Emcali  tiene que solucionar internamente sus propios problemas financieros, antes de pensar en distribuir  las utilidades o excedentes financieros para el distrito. Uds saben, cuanto demora la escision en el Concejo de Telco, para la solucion definitiva ?. Por lo menos lleva 2 años de Guerrero y 8 años de Armitage y Ospina II, y nada.

Y  Metrocali en ley de restructuración de pasivos, donde está más cerca de la liquidación , genera deudas y facturas, vive de papá alcaldía . no tiene posibilidad de distribuirle al distrito excedentes y por el contrario, perdería la sobre tasa a la gasolina del 2045 al 2060 para el tren de cercanías.

Y la EDRU, con  el objeto social adicional al  de la antigua EMRU, sin  cumplir con el 20% de su objeto anterior y la metieron para intereses turbios, le adicionaron el objeto social y la convicción en la empresa EDRU, que repite  la nefasta experiencia de ERUCALI, tuvo que salir a liquidar los activos, que el mismo municipio le había trasladado. La EDRU ha funcionado como lavandería de contratos para conseguir intermediaciones pírricas , ni siquiera tiene para funcionar, andan rebuscando la manera de hacer unos estudios para poder recoger platica. Y enredados con CIUDAD PARAISO desde el 2012, por falta de gerentes lideres,  expertos y conocedores de gestión urbana publica, cómo van a pensar que la EDRU le va a trasladar recursos excedentarios al Distrito , no tiene sentido.

En resumen, la Sra Secretaria de Hacienda debe aterrizar el plan de inversiones, sus fuentes en el plan de Desarrollo a la luz de las normas y dar claridad a Cali, sobre la quiebra fiscal , hablada por el alcalde, que es la sumatoria de pasivos de capital con bancos , intereses y de valorización , en el Marco fiscal de Mediano Plazo. Ya con la experiencia del POT caído en el Tribunal, entre la alcaldía Eder y la justicia contenciosa, se ha iniciado la transparencia en Cali y la profesional, María Mercedes Prado, debe obrar en consecuencia.

Por ello, debe aterrizar las fuentes de inversión del PDD Cali, a la luz de  normas legales y los pasivos, porque ya anunció la concejal, Maria del Carmen Londoño la solicitud de investigación disciplinaria por el re perfilamiento inconsulto, y seguramente, al aprobar con sus mayorías, podría verse avocada a :

  1. Demanda administrativa sobre la legalidad del PDD
  2. Debate de moción de censura, aunque se ve perdido, le hace daño al distrito, porque divide al Concejo
  3. Perdida de gobernabilidad del PDD de Cali, como le pasó al alcalde anterior, que nunca pudo convencer a la ciudadanía sobre la legalidad y conveniencia del endeudamiento por $650 mil millones y re perfilamiento del alcalde Ospina y autorización del concejo, por $554.500 millones
Ramiro Varela Marmolejo

Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.