Redacción
La segunda fase del parque lineal río Cali, realmente no ha comenzado, se proyecta en la avenida 2 Norte entre calles 15 y 8, es decir entre el Club Colombia y El CAM y fue adjudicada, contratada hace 3 años con el consorcio Parque Río Cali 2 conformada por la firma de Fernando Castro Espadafora, Jaime Puerta Atehortua y MELEY SAS, que tenía 8 meses para ejecutar la obra. La administración municipal sigue informando que están en la etapa de pre construcción donde se están actualizando estudios y diseños, sin planeación. Todo un juego con la plata del contribuyente…
Los estudios de movilidad sobre la avenida 2 Norte entre calles 15 y 8a, que no fueron tenidos en cuenta en el proyecto, están a cargo de Univalle y hasta ahora el resultado no se conoce
Los estudios de movilidad sobre la avenida 2 Norte entre calles 15 y 8a, que no fueron tenidos en cuenta en el proyecto, están a cargo de Univalle y hasta ahora el resultado no se conoce. Esta fase 2 se contrató un costo $25.225 millones de pesos
Este contrato tuvo una apertura al proceso el 18 agosto del 2015 y se adjudicó el 8 de octubre del 2015, se celebró el contrato el 12 de noviembre del 2015 y se fijó como fecha de inicio de ejecución del contrato del 26 de noviembre del 2015 con un plazo de ejecución de 8 meses y sigue suspendida, con fecha finalización de la etapa de construcción, abril 23 del 2017 y tiene año y medio de atraso.
Ante otro Si , acordaron el contratante (secretaría de infraestructura y valorización - Gustavo Jaramillo y el contratista - Fernando Castro Espadafora), con el apoyo de los supervisores del contrato un plazo de ejecución a 11 meses, 4 meses de pre construcción y 7 meses de construcción. Es decir se aumentó en 3 meses el plazo de ejecución. El 23 de septiembre el secretario de infraestructura Gustavo Jaramillo suspendió de contrato en el año 2016 hasta que se logre un acuerdo frente a los costos de la complementación y ajustes de todos los diseños requeridos para el trámite de permisos y ejecución del proyecto, se requerirá la firma y legalización del acta de modificación de obra correspondiente para el inicio de las mismas. Entre el contratista y el contratante (secretaría de infraestructura - Gustavo Jaramillo), se acordó reanudar el contrato a partir del 11 del 2017, para la construcción de la MG - 16 Parque Río Cali etapa 2.
El 7 de abril del 2017, el secretario infraestructura Gustavo Jaramillo y Fernando José Castro Espadafora representante legal del consorcio Parque lineal Río Cali 2, prorrogan el plazo de pre construcción del contrato de obra número 415102618542015 por 4 meses más es decir hasta el 10 de agosto del 2017. El 10 de agosto del 2017 Marcial Enrique Quiñones y Fernando José Castro Espadafora nuevamente prorrogan el plazo de pre construcción del contrato de obra por 1 mes y 20 días más es decir hasta el 30 de septiembre del 2017.
El 29 de septiembre del 2017, las mismas partes prorrogan el plazo de ejecución del contrato de la obra pública por un 1y 10 días más es decir hasta el 10 de noviembre del 2017
El 29 de septiembre del 2017, las mismas partes prorrogan el plazo de ejecución del contrato de la obra pública por un 1y 10 días más es decir hasta el 10 de noviembre del 2017.
La secretaría infraestructura suspendió el contrato de obra, hasta tanto no contar con lo siguiente:
- Avancé y definición de los trámites administrativos para la contratación del estudio de movilidad y reforzamiento estructural del CAM, por parte de la Secretaría de Infraestructura; estudios que representan un insumo fundamental para la ejecución de los frentes Avenida 2Norte y plazoleta del CAM los cuales, de tener un cambio significativo generarían una afectación importante a nivel arquitectónico, de diseño y presupuestal
- Finalización del diseño eléctrico por parte del consorcio Parque Río Cali.
- Aval por parte de Emcali de los diseños de servicios públicos presentado por el contratista debido a que en el acta número 36 de comité de seguimiento se anuncia que para ajustar los propuestos se requiere los diseños aprobados por Emcali, para no tener mayores items no previstos en obra.
- Obtención de la aprobación del plan de manejo ambiental ante el Dagma, en la cual requiere el aval del permiso de ocupación de cauce y el proceso constructivo de los puentes, así como el sistema de riego. los cuales a su vez requieren de la formalización por parte de la secretaría de infraestructura de Santiago de Cali y el diseño estructural de las cimentaciones y la megaestructura de los puentes peatonales y el permiso de prospección de aguas subterráneas por parte del Dagma.
- La supervisión del contrato consideró prudente suspender el contrato de obra pública a partir del 10 de noviembre del 2017, hasta tanto se superen las causas que dieron lugar a la suspensión
Los organismos de control deben actuar, las normas contractuales no se han cumplido, presunto delito en la celebración del contrato, de los otro si, no se han llenado los requisitos legales
La suspensión del contrato de obra pública se realiza en forma total. sin embargo el contratista debe disponer del personal, Los organismos de control deben actuar, las normas contractuales no se han cumplido, presunto delito en la celebración del contrato, de los otro si, no se han llenado los requisitos legales